JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

MU?OZ CARLOS FELIX C/ EXPERTA ART S.A. S/DA?OS Y PERJUICIOS - CIVIL - TRAMITE ORAL -COMPETENCIA-

El actor promovió acción por daños y perjuicios derivados de enfermedades laborales reclamando reparación integral fundada en normas del Código Civil y Comercial. El Superior Tribunal declaró competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental N° 3 al entender que la pretensión se basó preponderantemente en normas civiles y no guardó analogía sustancial con el precedente “Faguada”.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 426418/24
Competencia Contienda negativa de competencia Danos y perjuicios Enfermedades laborales Civil Ley 26.773 Inconstitucionalidad Vuotto ii Juzgado civil n?3 Conflicto entre fueros

¿Quién es el actor?

MUÑOZ CARLOS FELIX.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A. (y relación con Municipalidad de Villa Mercedes por el servicio prestado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación integral por daños y perjuicios ocasionados por enfermedades laborales; rubros reclamados: daño material (daño emergente y lucro cesante) y daño moral; determinación del monto indemnizatorio por daño psico-físico mediante fórmula “Vuotto II”; además planteos de inconstitucionalidad (art. 4 Ley 26.773, art. 75 apartado 2 LCT, y artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo). Acción fundada en arts. 1716, 1723-1725 CCyC, Ley de Higiene y Seguridad, Decreto N° 351, y pactos y tratados internacionales con jerarquía constitucional; invocación de arts. 14, 14 bis, 16 y CN.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial; se hizo saber lo resuelto al Juzgado Laboral N° 3 y se ofició para los efectos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"para determinar la competencia, debe estarse de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda (cfr. CSJN, Fallos: 323:3284; 324:2592; STJSL-S.J.-S.I. Nº 294/21 del 25/06/2021, 'PERALTA JUAN ARIEL c/ POLIGRAF S.A. s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - CONTIENDA DE COMPETENCIA' – IURIX EXP N° 206349/11), y posteriormente, al derecho invocado como fundamento de la pretensión (cfr. CSJN, Fallos: 315:2300; 318:30 y 324:1477, entre muchos otros)."

"Que en el caso, de las constancias de la causa y del relato de los hechos expuestos en la demanda, se desprende que el actor promovió acción ante el fuero civil (Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3) en contra de EXPERTA S.A., reclamando la reparación integral de los daños y perjuicios ocasionados por las enfermedades laborales contraídas como consecuencia de las tareas cumplidas para la Municipalidad de Villa Mercedes. Surge, también, que los rubros reclamados fueron: daño material (daño emergente - lucro cesante) y daño moral; que la determinación del monto indemnizatorio por daño psico-físico se efectuó de acuerdo a la fórmula 'Vuotto II'; y que se planteó la inconstitucionalidad de la opción excluyente (art. 4 de la Ley 26.773), y además, la inconstitucionalidad del art. 75 apartado 2 de la Ley de Contrato de Trabajo (deber de seguridad) y de diversos artículos de la Ley de Riesgos del Trabajo (arts. 6 inc. 2, 8 pto. 3 y 4, 21 y 39)."

"En definitiva, toda vez que la demanda se basó preponderantemente en normas civiles, en concordancia con lo dictaminado por el Sr. Procurador General Subrogante, y de conformidad con el criterio mantenido por el Superior Tribunal en anteriores precedentes (...), corresponde declarar la competencia del Juzgado en lo Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final aparece como acordada y firmada por los Dres. Levingston, L’Huillier, Monte Riso y Endeiza; el Dr. Allende no firma por licencia. No se registra voto de minoría en el bloque dispositivo final.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.