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Tribunal Superior

PEREZ JORGE LUIS C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD - LABORAL -RECURSO DE CASACION-

El actor interpuso recurso de casación contra la confirmación de una sentencia laboral que declaró la inconstitucionalidad del DNU N° 669/19 y fijó la indemnización. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente, al entender que no puede solicitarse la aplicación de una norma ya declarada inconstitucional ni renovarse debate pasado en cosa juzgada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 360643/20
Recurso de casacion Accidente o enfermedad laboral Dnu 669/19 Inconstitucionalidad Cosa juzgada Formula polinomica art. 14 lrt Honorarios Costas Ripte Improcedencia.

¿Quién es el actor?

PEREZ Jorge Luis (parte actora).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA A.R.T. S.A. (Provincia ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo derivado de accidente o enfermedad laboral; impugnación de la forma de fijación de la indemnización (aplicación del DNU N° 669/19, fórmula polinómica del art. 14 LRT, actualización según RIPTE y tasas de interés).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la parte actora; se regularon honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que de conformidad con lo expuesto precedentemente, corresponde el rechazo del recurso de casación en examen.

En efecto, tal como advirtió el Señor Procurador General Subrogante en su dictamen, el juez de primera instancia mediante S.D. N° 382/2023 de fecha 09/11/2023 declaró la inconstitucionalidad del DNU N° 669/19 y tal decisión fue confirmada por la Excma. Cámara en la sentencia recurrida (S.D. N° 391, dictada el 24/09/2024); en consecuencia, es claro que el recurrente no puede renovar el debate sobre una cuestión pasada en autoridad de cosa juzgada, ni este Tribunal disponer la aplicación de una norma previamente excluida del ordenamiento por inconstitucional.

No puede soslayarse, que si una norma es declarada inconstitucional, las cuestiones planteadas en el juicio respectivo deben ser resueltas prescindiéndose de ella (cfr. Sagüés, Néstor Pedro, Recurso Extraordinario, 1, Ed. Astrea, Bs. As. 2016, pág. 184)."

"Que de conformidad con lo expuesto precedentemente, en concordancia con lo dictaminado por el Sr. Procurador General Subrogante, VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTION por la NEGATIVA.

... Dado lo resuelto en la anterior cuestión corresponde: 1) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte actora. 2) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia.

... Costas a la vencida (arts. 68 del CPCC y 111 del CPL)."

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad de los Ministros Jueces que integraron el acuerdo (Levingston, L’Huillier, Allende, Endeiza y Monte Riso), quienes compartieron las consideraciones expuestas.

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