INCIDENTE DE APELACION ZAINKO MELISA ROMINA S/ ATRIBUCION DEL USO DE LA VIVIENDA -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD-
La actora promovió recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la revocatoria de la atribución del uso del hogar convivencial. El Superior Tribunal declaró mal concedido el recurso por tratarse de resolución cautelar no definitiva y mantuvo la decisión de la Cámara; reguló honorarios en 40% y costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
Zainko Melisa Romina (actora).
¿A quién se demanda?
(no surge nombre completo en el extracto, se alude al demandado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia que revocó la atribución provisoria del uso y goce del hogar convivencial (medida cautelar).
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal declaró mal concedido el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la actora; reguló honorarios en un 40% sobre los de primera instancia y condenó en costas a la vencida. Votación unánime de los ministros que intervinieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, siendo que el criterio ha sido fijado en casación y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 281 del CPCC en cuanto establece '… La doctrina del Superior Tribunal -fijada al resolver recursos de casación- será obligatoria para el mismo, las cámaras de apelaciones y jueces, mientras el propio tribunal no la modificare y no exista interpretación distinta de la Corte Suprema Nacional, tratándose de materia de competencia de ésta…' corresponde declarar mal concedido el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por parte de la Excma. Cámara."
"Y en virtud de ello, ha resuelto que: '… las resoluciones sobre medidas cautelares, sea que las ordenen, denieguen, modifiquen o levanten, en principio, no son susceptibles de recurso extraordinario en virtud de que no tienen el carácter de sentencias definitivas. …' (CSJN, Fallos: 257:305; 303:1617; 305:678,1929, 315:2401; 318:814 ...)."
Bloque dispositvo final (transcrito): "SE RESUELVE: I) Declarar mal concedido el recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia deducido por la actora. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. L’Huillier, Allende, Monte Riso, Levingston y Endeiza coincidieron y votaron en igual sentido (acuerdo).
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