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Tribunal Superior

NAVIA ALEXIS ADRIAN C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO - S / RECURSO DE QUEJA.-

El actor demandó a ASOCIART S.A. (ART) reclamando prestaciones dinerarias del Sistema de Riesgos del Trabajo por lumbociatalgia. El Superior Tribunal rechazó la queja por improcedente, entendiendo que el recurrente no rebatió eficazmente las razones de la Cámara que denegó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad y no acreditó un genuino caso constitucional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 437872/25
Queja Inconstitucionalidad Denegatoria Art Lumbociatalgia Admisibilidad Orfandad tecnica Decreto 49/2014 Decreto 717/96 Prestaciones riesgos del trabajo

¿Quién es el actor?

NAVIA ALEXIS ADRIAN.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de prestaciones dinerarias del Sistema de Riesgos del Trabajo por patologías (diagnóstico principal: lumbociatalgia) atribuibles al trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de queja interpuesto contra la Sentencia Interlocutoria Nº 163/25 de la Cámara de Apelaciones que había denegado el recurso extraordinario de inconstitucionalidad. El STJ entendió que la queja no impugnó eficazmente los fundamentos de la denegatoria ni demostró la existencia de un caso constitucional que amerite la admisión del remedio extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que corresponde desestimar el recurso en examen que, por la causal de inconstitucionalidad esgrimida, toda vez que, en el memorial del recurso, sólo obra una vaga y generalizada referencia a normas constitucionales sin expresión de su conculcamiento concreto y específico en cada supuesto, ello en una marcada orfandad técnica del impugnante. 'Si en el memorial recursivo … básicamente sólo se ha desarrollado una crítica generalizada del fallo… pero omitiendo señalar concretamente, el porqué, y en cada supuesto, las normas constitucionales que resultarían conculcadas, con su mera, simple y sola mención, como así el carácter y entidad de la lesión constitucional que le provoca el fallo recurrido, ello obsta a la concesión del remedio, resultando insuficientes a las exigencias formales para su admisibilidad' (Cámara de Apelaciones San Luis, Sala Laboral, R. R. 321/95,22-8-1995, 'Guzmán Juan R. c. Garrafas Vali Gas-accidente)…"

"Que en este sentido, la jurisprudencia es conteste al resolver: 'Constituye un impedimento para la admisión de la queja el hecho de carecer de una debida fundamentación, por haber omitido el impugnante demostrar la inexactitud de las razones en que se sustentó la denegatoria del recurso; y tal omisión provoca su desestimación.' (Corte de Justicia de la Provincia de Salta • B., R. M. s/ actos de crueldad contra animales y amenazas con armas (dos hechos) – queja por rec. de inconst. 21/10/2020. La Ley Online. AR/JUR/57226/2020)."

"Por lo expuesto, y de conformidad con la solución que propicia el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución está firmada digitalmente por los Ministros J. Levingston, J. L’Huillier y V. Endeiza; no firman dos ministros por licencia. El dispositivo final es el que acuerda el Tribunal y fue la denegatoria de la queja.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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