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Tribunal Superior

FERREIRA NOEMI SUSANA C/ PREVENCION A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

La actora interpuso recurso de casación contra la Cámara por diferencias en el cálculo indemnizatorio por accidente laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la casación por insuficiencia de fundamentación y falta de acreditación de causal casatoria, regulando honorarios en un 40% y costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 363033/20
Casacion Accidentes o enfermedad laboral Ripte Dnu 669/19 Actualizacion indemnizatoria Interes / tasa Requisitos formales (arts. 287 291 cpcc) Honorarios (40%) Costas a la vencida Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

FERREIRA NOEMI SUSANA (actora).

¿A quién se demanda?

PREVENCION A.R.T. S.A. (ART / demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo derivado de accidente o enfermedad laboral; se impugna el modo de cálculo del monto indemnizatorio (falta de actualización del Ingreso Base Mensual conforme índice RIPTE/DNU 669/19 y tasa de interés).

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de casación interpuesto por la actora; regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones de los párrafos más relevantes (texto original del tribunal):

"En este sentido, se ha sostenido que para habilitar la limitada competencia del Tribunal casatorio, resulta insoslayable que los recurrentes no sólo enuncien el motivo casatorio en el que se funda su impugnación sino que también expliciten los argumentos sustentadores de la causal invocada, para ello no basta con que realicen afirmaciones dogmáticas y se efectúen consideraciones desvinculadas a la causa, sino que es necesario que el discurrir recursivo se realice de manera directa con el motivo casatorio propuesto, haciéndose cargo de todas las razones expuestas por la Cámara, rebatiéndolas de manera precisa y razonada y en definitiva demostrando cómo es que se configura en el fallo opugnado el déficit formal que se denuncia" (cfr. González Castro, Manuel Antonio ...).

"Ahora bien, entiendo que en el caso bajo examen, la argumentación desarrollada es insuficiente y no cumple con los recaudos exigidos por art. 291 del Código Procesal Civil y Comercial. ... La presentación expone agravios que no se corresponden con ninguno de los motivos taxativamente previstos en el art. 287 del citado cuerpo normativo, por lo tanto, corresponde el rechazo del recurso."

"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Casación interpuesto por la actora. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Criterio del tribunal: la casación es una instancia extraordinaria limitada; el recurrente debe demostrar con argumentos concretos y razonados la causal invocada (art. 287 CPCC) y la presentación de la actora no cumplió los requisitos formales y de fundamentación (art. 291 CPCC), por lo que el recurso fue rechazado. Se tuvo en cuenta el dictamen del Procurador General Subrogante que propuso el rechazo.

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue adoptada por mayoría integrada por los Dres. Jorge Alberto Levingston (voto que fundamenta la decisión), José Guillermo L’Huillier, Andrea Carolina Monte Riso y Víctor Manuel Endeiza. Ausente por licencia el Dr. Eduardo Segundo Allende.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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