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Tribunal Superior

RAMOS PEDRO RAFAEL C/ FALCON ANTONIO JAVIER S/ RESOLUCION DE CONTRATO (DYP) -RECURSO DE CASACION - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

El actor impugnó la declaración de caducidad de la instancia y la resolución interlocutoria mediante recurso extraordinario de inconstitucionalidad por arbitrariedad y recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario por inexistencia de arbitrariedad y declaró formalmente inadmisible el recurso de casación por tramitarse en proceso sumarísimo; costas al vencido y honorarios en 40% sobre los de primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 257382/13
Recurso de casacion Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Arbitrariedad Caducidad de la instancia Proceso sumarisimo Honorarios 40% Costas Resolucion interlocutoria Impulso procesal Declaracion de caducidad.

¿Quién es el actor?

RAMOS PEDRO RAFAEL (parte actora).

¿A quién se demanda?

FALCON ANTONIO JAVIER (parte demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la declaración de caducidad de la instancia y recursos contra el Auto Interlocutorio N° 79/2024 (resolución de Cámara que confirmó caducidad); causa principal: Resolución de contrato (DY P).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad; se declaró formalmente inadmisible el recurso de casación; se regularon honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la tacha de arbitrariedad no tiene por objeto la corrección en tercera instancia de decisiones equivocadas o que se consideren tales (Cfr. CSJN, Fallos: 254:327) sino que, por el contrario, está dirigida a la revisión de pronunciamientos en los que se advierta la inexistencia de las calidades mínimas para que el acto impugnado constituya una sentencia judicial (Cfr. CSJN, Fallos: 237:74 239:126)."

"En el caso concreto, ... la parte recurrente se agravia concretamente de la declaración de caducidad efectuada en primera instancia y confirmada por la Cámara ... Conforme surge de las constancias de la causa, en fecha 31/08/2022 (actuación N° 20114386) la actora realizó una presentación que reza: '… Atento lo informado por la actuaria solicita se provea el planteo de falsedad de informes pasando los autos para resolver el mismo. …' ... en fecha 12/09/2022 (actuación N° 20202919) el tribunal proveyó: '… No visualizándose el informe mencionado, aclare lo peticionado y se proveerá si así correspondiere. …' resultando éste el último acto impulsorio, mediante el cual se impuso al actor la obligación de aclarar su presentación ... que la parte actora, a la fecha del acuse de caducidad por la demandada (02/02/2023), no cumplió."

"En consecuencia, no se advierte arbitrariedad en la resolución cuestionada, ni violación a las constancias de la causa. Por el contrario, la resolución recurrida resulta ajustada a derecho y a los principios procesales que rigen la materia."

"tal como surge de las constancias de la causa (fs. 41 expediente formato papel), la demanda incoada tramitó 'según las normas del proceso SUMARISIMO' y el mencionado artículo establece de manera categórica que el recurso de casación 'No procederá en los juicios sumarísimos…' ... corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia unánime (los Dres. Levingston, L’Huillier, Allende, Endeiza y Monte Riso coincidieron con el voto de la Sra. Ministra Monte Riso).

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