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Tribunal Superior

LEIVA VICTOR MARCELO C/ RODANT S.R.L., MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES S/ COBRO DE PESOS - LABORAL- RECURSO DE CASACION-

El actor promovió acción de cobro de pesos en sede laboral contra Rodant S.R.L. y la Municipalidad de Villa Mercedes. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por improcedente al plantear cuestiones de naturaleza procesal vedadas para la vía casatoria, con pérdida del depósito y costas a la recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 399483/23
Casacion Improcedencia procesal Art. 288 cpcc Perdida del deposito Honorarios 40% Costas Cobro de pesos Laboral Excepcion de incompetencia Municipalidad de villa mercedes.

¿Quién es el actor?

LEIVA Víctor Marcelo.

¿A quién se demanda?

RODANT S.R.L. y MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (acción laboral).

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de casación interpuesto por la Municipalidad de Villa Mercedes contra el Auto Interlocutorio N° 286/2025 que confirmó el rechazo de la excepción de incompetencia; pérdida del depósito; regulación de honorarios en 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la recurrente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sin embargo, el recurso no puede prosperar porque la cuestión planteada es ajena al ámbito de la casación, toda vez que incumple con lo dispuesto en el art. 288 CPCC, al proponer una cuestión de naturaleza procesal."

"En ese orden de ideas, debe destacarse que los agravios que se expresan en el escrito se refieren, esencialmente a cuestiones procesales que no habilitan la casación (cfr. art. 288 del Cód. Procesal Civil y Comercial). Por ello, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."

"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación planteado, con pérdida del depósito. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la recurrente vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

Votación unánime de los Señores Ministros LEVINGSTON, L’HUILLIER, ENDEIZA y ALLENDE (4 votos), la Dra. MONTE RISO ausente por licencia. No hay disidencias.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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