JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

CATALDI MELODY DESIREE C/ FUNDACION CHE ARAIPI CUNUMI Y OTRO S/ DA?OS Y PERJUICIOS - CIVIL - S/ RECURSO DE QUEJA.

La actora impugnó la denegación del Recurso de Inconstitucionalidad en una demanda por daños y perjuicios derivados de hechos ocurridos en un establecimiento educativo. El Superior Tribunal hizo lugar a la queja por la causal no reglada de arbitrariedad, admitiendo el estudio del planteo constitucional y ordenando remitir los autos principales para su sustanciación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 433458/25
Recurso de queja Inconstitucionalidad Arbitrariedad Menores Representacion promiscua Nulidad Danos y perjuicios Admisibilidad Remision de autos Cpcc art. 281/283/285

¿Quién es el actor?

MELODY DESIREÉ CATALDI y LEANDRO EZEQUIEL CORULO, ambos por derecho propio y en representación de su hija MAIA JAZMÍN CORULO.

¿A quién se demanda?

FUNDACIÓN CHE ARAIPI CUNUMI y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por hechos ocurridos en el establecimiento educativo; se discute la intervención del Ministerio Público y la tutela de derechos del menor.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de queja por denegación del Recurso de Inconstitucionalidad, concediéndose dicho recurso por la causal no reglada de arbitrariedad; se ordenó remitir los autos principales a este Superior Tribunal y acumular la queja a esos autos recaratulando la causa agregando “Recurso de Inconstitucionalidad”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que ya en el análisis de la cuestión planteada, y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se entiende que corresponde hacer lugar al recurso de queja interpuesto por la parte actora, por la causal no reglada de arbitrariedad, todo ello en base a las consideraciones que a continuación se exponen y sin perjuicio de lo que se resuelva, en definitiva."

"Consideramos que la argumentación expuesta por la recurrente, referida a la errónea valoración de las constancias de la causa en la que habría incurrido la Excma. Cámara, así como al eventual perjuicio irreparable que la decisión cuestionada le causaría a su parte – mediante la cual se rechazó el recurso de apelación y se confirmó el rechazo in limine de la nulidad articulada, de verificarse la alegada arbitrariedad, acarrearía una solución que se encuentra lejos de satisfacer el más elemental servicio de justicia."

"Se observa que el recurso de queja planteado contiene desde el punto de vista formal- hipótesis de arbitrariedad articuladas correctamente por la recurrente. Es decir que, a primera vista y con un carácter estrictamente excepcional, resultarían vulnerados derechos y garantías constitucionales, en tanto parecen verosímiles los agravios expuestos por la recurrente."

Adicionalmente, el tribunal consignó el dictamen del Procurador General:

"… En el caso, los agravios invocados resultan verosímiles a los efectos de la apertura de la vía extraordinaria, por lo que será necesario –a criterio de esta Procuración- efectuar un estudio fondal del planteo constitucional con las actuaciones obrantes en la causa a los fines de efectuar el análisis sustancial del planteo efectuado."

(No constan votos en disidencia en la parte dispositiva.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.