QUEVEDO WALTER ALEJANDRO C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió reclamo por accidente o enfermedad laboral contra LA SEGUNDA A.R.T. S.A. solicitando la casación de la sentencia de Cámara que confirmó la condena. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por improcedente, entendiendo que los agravios planteados constituyen mera disconformidad con la valoración de prueba y no acreditan vicio en la aplicación del derecho sustantivo.
¿Quién es el actor?
QUEVEDO WALTER ALEJANDRO (parte actora).
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por accidente o enfermedad laboral; se interpuso recurso de casación contra la Sentencia Definitiva N° 351 de fecha 05/09/2024 dictada por la Cámara Laboral.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de casación interpuesto por la actora; regular honorarios en un 40% sobre los de primera instancia; imponerse costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN por la NEGATIVA. ASÍ LO VOTO.
Los Señores Ministros, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y EDUARDO SEGUNDO ALLENDE comparten lo expresado por la Sra. Ministro, Dra. ANDREA CAROLINA MONTE RISO y votan en igual sentido a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN."
"Pues no surge de la lectura del fallo atacado, una omisión o falta de aplicación de una norma legal, capaz de configurar la causal prevista en los términos del art. 287, incs. a) y b), que fuera invocada por el recurrente y solo se advierte la existencia de una discrepancia con los fundamentos dados por el Tribunal de Alzada, pero que no son suficientes para provocar la casación de la sentencia de segundo grado que, por tanto, se confirma."
"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte actora en contra de la Sentencia Definitiva N° 351, de fecha 05/09/2024. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Con costas. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
Decisión unánime de los cinco ministros que firmaron (no consta disidencia). La resolución final es la manifestada en el bloque dispositivo.
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