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Tribunal Superior

FUNES JORGE OMAR C/ ASOCIART S.A. A.R.T. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL ORALIDAD -RECURSO DE CASACION-

El actor demandó por accidente o enfermedad laboral contra ASOCIART S.A. A.R.T. solicitando entre otros la actualización e intereses sobre la indemnización. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar parcialmente a la casación y dispuso aplicar la “Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina” incrementada en un cincuenta por ciento (50%), confirmando la doctrina previa del Tribunal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 366787/21
Casacion Intereses Actualizacion Tasa activa banco nacion +50% Accidente laboral Indemnizacion tarifada Doctrina vinculante Honorarios 40% Costas por el orden causado Stj san luis

¿Quién es el actor?

FUNES JORGE OMAR.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. A.R.T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo derivado de accidente o enfermedad laboral; en el recurso de casación se impugna, principalmente, el modo de cálculo y actualización de intereses aplicados a la indemnización tarifada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por el actor, disponiéndose que el interés aplicable al crédito sea la Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina, incrementada en un cincuenta por ciento (50%); se regularon honorarios por un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas por el orden causado. Fecha de resolución: 26/05/2026. Recurso interpuesto: 12/11/2024; sentencia de Cámara apelada: 07/11/2024.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de dicha norma, corresponde acatar la doctrina vigente del Tribunal en el caso. No obstante, dejo a salvo mi posición ya manifestada en mi voto en disidencia en los mencionados autos.

En consecuencia, dicha doctrina resulta vinculante para los tribunales inferiores, quienes deben ajustar sus decisiones a lo allí resuelto, salvo que se verifiquen circunstancias sustancialmente distintas que justifiquen apartarse de ese criterio, lo que no ocurre en el caso de autos."

"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Hacer lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la parte actora, y aplicar Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina”, incrementada en un cincuenta por ciento (50%).

II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia.

III) Costas por el orden causado (arts. 68 Cód. Procesal Civil y Comercial y 111 del Código Procesal Laboral)."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que desarrolla la resolución fue el del Dr. José Guillermo L’Huillier y fue compartido por los Dres. Víctor Manuel Endeiza, Eduardo Segundo Allende, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Alberto Levingston, integrando la mayoría que conformó la decisión unánime del Tribunal en esta causa.

(No se registran votos en disidencia en el bloque dispositivo final del presente fallo.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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