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Tribunal Superior

LABAT RICARDO RODOLFO FEDERICO C/ COOPERATIVA TELEFONICA OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y DE CREDITO MERLO LTDA. S/ LABORAL - RECURSO DE CASACION.-

El actor promovió acción laboral contra Cooperativa Telefónica Otros Servicios Públicos y de Crédito Merlo Ltda. reclamando la declaración de extinción del vínculo, daño moral, rubros indemnizatorios e intereses. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la queja y concedió el recurso extraordinario de inconstitucionalidad únicamente respecto del agravio vinculado a los intereses, por causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, ordenando recaratular y correr vista al Procurador General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 375768/21
Recurso de queja Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Arbitrariedad de sentencia Intereses Lct Despido Valoracion de la prueba Inadmisibilidad Recaratulacion Vista procurador general

¿Quién es el actor?

Labat Ricardo Rodolfo Federico.

¿A quién se demanda?

Cooperativa Telefónica Otros Servicios Públicos y de Crédito Merlo Ltda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pretensiones laborales relacionadas con la extinción del vínculo laboral (despido), reconocimiento de rubros indemnizatorios, daño moral y condena en intereses; se impugna además la aplicación de normas laborales y la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de queja interpuesto contra el auto que declaró inadmisible el recurso extraordinario de inconstitucionalidad, y se concedió el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, pero sólo en relación al agravio vinculado a los intereses. Se ordenó recaratular el expediente agregando “Recurso de Inconstitucionalidad” y correr vista al Procurador General para que se pronuncie sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto el 25/06/2025. La resolución está firmada por los cinco Ministros del STJ (Levingston, L’Huillier, Allende, Endeiza y Monte Riso).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No puede soslayarse, en ese orden, que la sentencia impugnada contiene fundamentos suficientes, apoyados en las disposiciones legales aplicables al caso (arts. 245, 275 y cc. de LCT) y en la valoración de las constancias de la causa; todo lo cual excluye la existencia de un pronunciamiento dogmático o carente de motivación. Al respecto, se advierte que los jueces de mérito consideraron que no se había acreditado la conducta temeraria, maliciosa de la accionada, que tornaría procedente el interés agravado que prevé el art. 275 de la LCT, como tampoco la motivación discriminatoria del despido - cuya prueba, de acuerdo con la norma que invoca el recurrente (art. 245 bis de la LCT)- estaría a su cargo."

"Por ello, '...al contar el pronunciamiento impugnado con fundamentos suficientes, cabe concluir que no corresponde hacer lugar a la tacha de arbitrariedad formulada, pues tal doctrina no autoriza a sustituir el criterio de los jueces de las instancias ordinaria por el de este Tribunal'."

Dispositivo final (textual): "I) Hacer lugar al recurso de queja interpuesto, concediendo el recurso extraordinario de inconstitucionalidad, por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, solo en relación al agravio vinculado a los intereses, y sin perjuicio de lo que corresponda decidir en un estudio detenido de la cuestión, en oportunidad del dictado de la sentencia definitiva. II) Recaratúlese la presente causa, agregándose al final la leyenda 'Recurso de Inconstitucionalidad'. III) Oportunamente, córrase vista al Sr. Procurador General para que se pronuncie sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto en fecha 25/06/2025."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece suscripta digitalmente por los cinco Ministros indicados; no se consignan disidencias en el dispositivo.

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