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Tribunal Superior

PAVEZ EDUARDO C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

El actor reclamó contra la aseguradora Experta ART por accidente o enfermedad laboral y la Cámara de Apelaciones fijó una tasa compensatoria del 8% anual. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación y sostuvo que la aplicación de una tasa compensatoria moderada no configura, per se, doble actualización ni error de derecho que habilite la casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 373535/21
Casacion Accidentes de trabajo Experta art Interes compensatorio Tasa 8% anual Doble actualizacion Recurso rechazado Honorarios 40% Costas Perdida de deposito

¿Quién es el actor?

Pavez Eduardo.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente o enfermedad laboral; controversia sobre la aplicación de una "tasa pura del 8% anual" como interés compensatorio.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por Experta ART S.A., con pérdida del depósito; se regularon honorarios de esta instancia en 40% sobre los de primera instancia; costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De los precedentes aludidos se sigue que un plus compensatorio moderado, según las circunstancias del caso, no constituye 'doble actualización', en virtud de la distinta naturaleza y función que cumple el interés compensatorio, en relación a los criterios de actualización de la deuda y en relación a las tasas de intereses moratorios, cuando aquel acompaña a estos, incluso en los casos en que se apliquen a los mismos períodos de tiempo.

En consecuencia, en atención a lo expresado, el medio recursivo en estudio deviene improcedente, debiendo destacarse que la casación no tiene por objeto la apertura de una tercera instancia ordinaria, toda vez que reviste el carácter de excepcional, cuya concesión debe hacerse restrictivamente atendiendo a su especificidad."

Asimismo, se registran los argumentos de la recurrente y el pronunciamiento del Procurador General:

"la recurrente centra su cuestionamiento en la la imposición de una 'tasa pura del 8% anual' como interés compensatorio. Argumenta que la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) es un microsistema autónomo que ya prevé un mecanismo taxativo de actualización... Sostiene que la tasa del 8% fue creada motu proprio por la Cámara..."

"La Procuración... expresó: 'en la resolución recurrida no advierto la configuración del error de derecho, estrictamente necesaria para habilitar la intervención del más Alto Tribunal de la Provincia mediante la instancia casatoria…, no surge… el mentado error jurídico en el que podrían haber incurrido los Sres. Jueces de la Cámara de Apelaciones, resolutorio que luce fundado en reglas de la sana crítica, en tanto derivación razonada del plexo jurídico mediante el que interpretaron las presentaciones recursivas en instancia ordinaria'."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada por mayoría unánime de los Ministros Levingston, L’Huillier, Endeiza, Allende y Monte Riso; el bloque dispositivo final dispone el rechazo del recurso, pérdida de depósito, regulación del 40% de honorarios y costas a la vencida.

Leyes que cita

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