JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BLENGINO MARIELA BETTINA - PRESIDENTA CAVM Y OTROS C/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA PROVINCIA DE SAN LUIS - AMPARO - S/ RECURSO DE QUEJA.

Se plantearon excusaciones de magistrados del Superior Tribunal y de la Presidenta de la Cámara de Apelaciones en la causa de amparo contra el Superior Tribunal de Justicia. El Superior Tribunal hizo lugar a todas las excusaciones invocando la garantía de imparcialidad y el deber del magistrado de apartarse cuando no puede actuar con plena imparcialidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 432322/25
Excusion Recusacion Garantia de imparcialidad Amparo Superior tribunal de justicia Due process Cpcc arts. 17 y 30 Autoridades judiciales Auto interlocutorio Notificacion

¿Quién es el actor?

BLENGINO MARIELA BETTINA - PRESIDENTA CAVM y otros (actores en el amparo).

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo / Recurso de queja (causa principal contra el Superior Tribunal de Justicia; aquí se resuelven incidentes de excusación/recusación).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a las excusaciones formuladas por los Sres. Ministros Dr. Eduardo S. Allende, Dra. Andrea C. Monte Riso, Dr. José G. L’Huillier, por el Sr. Presidente Dr. Jorge A. Levingston, y a la excusación de la Sra. Presidenta de la Cámara de Apelaciones Dra. Lucrecia M. Estevez; se ordenó registrar y notificar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Al respecto, este Superior Tribunal tiene dicho: ‘Para la existencia del debido proceso, es necesario que el juzgador sea un real tercero en la relación litigiosa, de modo que, cuando no está en esa condición, tiene el deber legal de hacerlo saber a las partes mediante su excusación, instrumento que la ley proporciona para hacer conocer la falta de competencia subjetiva. Por consiguiente, el magistrado tiene que apartarse del conocimiento de todo pleito respecto de cuyo objeto o de sus partes no puede actuar con la plena garantía de imparcialidad e independencia que requiere su actividad jurisdiccional…’ (Corte de Justicia de Salta, Tapia Gómez Blanca s/ Incidente de revisión de crédito verificado al BEAL en: SASDA s/ Quiebra, 20/09/2006, RC J 566/07, en http://www.rubinzal.com.ar//jurisprudencia/buscador, acceso 20/04/18). (STJSL-S.J.-S.I. Nº 136/19 ‘BANCO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS c/ FLORES YUBRAN y OTRO s/ EJECUTIVO - RECURSO DE QUEJA’ – IURIX EXP N° 306969/17 - STJSL-S.J.-S.I. N° 068/26 ‘ESQUERRE DELAUNAY GUILLERMO IGNACIO C/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA’ - IURIX EXP Nº 381244/22 – 13/04/2026).”

“Por lo expuesto, y en razón de que la garantía de imparcialidad es inherente al ejercicio de la función judicial y se halla relacionada con la validez misma de los actos decisorios emanados del juez, se impone la aceptación de las excusaciones formuladas a fin de preservar la imparcialidad judicial y, consecuentemente, asegurar el debido proceso legal.”

Dispositivo final (texto literal):

“SE RESUELVE: I) Hacer lugar a las excusaciones formuladas por los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo Segundo Allende, Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Dr. José Guillermo L’Huillier, y por el Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Jorge Alberto Levingston. II) Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Presidenta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de la Primera Circunscripción Judicial, Dra. Lucrecia María Estevez. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.”

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Ministros Subrogantes Dres. Ernesto Álvaro Rodríguez, Sergio Darío de Battista y Facundo Cañas Morsino. No firma el Dr. Víctor Manuel Endeiza por encontrarse excusado.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.