PE?A ANA LAURA C/ BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION .-
La actora interpuso recurso de casación contra la confirmación del rechazo de su demanda por accidente in itinere contra BERKLEY INTERNATIONAL A.R.T. S.A. El Superior Tribunal de Justicia declaró formalmente admisible pero finalmente rechazó el recurso por insuficiencia de fundamentación casatoria, confirmando la solución de las instancias previas y regulando honorarios (40%).
¿Quién es el actor?
Sra. Ana Laura Peña.
¿A quién se demanda?
Berkley International A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por daños y perjuicios derivada de un accidente in itinere; se cuestiona la interpretación y aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo (art. 4, y demás) y la eventual responsabilidad civil de la ART por faltas en prevención/concausalidad.
¿Qué se resolvió?
Rechazo del recurso de casación interpuesto por la actora; regulación de honorarios por esta instancia en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo ello, conforme a lo dispuesto por el artículo 301 inciso a) del código de rito, corresponde declarar formalmente admisible el recurso de casación. En consecuencia, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la AFIRMATIVA. ASÍ LO VOTO."
"Frente a ello, el recurso no contiene fundamentos concretos ni argumentos jurídicos que permitan advertir la configuración de alguna causal casatoria, sino que se limita a reiterar argumentaciones ya resueltas, a manifestar una mera disconformidad con la conclusión fáctica efectuada por la Cámara, sin aportar nuevos elementos que conmuevan lo resuelto, es decir, la presentación expone agravios que no se corresponden con ninguno de los motivos taxativamente previstos en el art. 287 del citado cuerpo normativo, por lo tanto, corresponde el rechazo del recurso."
"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte actora. II) Regular los honorarios profesionales correspondiente a esta instancia en un cuarenta por ciento (40%) sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue acordada y firmada por los Dres. Levingston, L’Huillier y Monte Riso; los Dres. Allende y Endeiza estuvieron ausentes por licencia. No se registra disidencia en el acuerdo publicado.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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