TORRES MARIA ELIZABETH C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
La actora promovió recurso de casación contra la confirmación de la sentencia que rechazó su demanda por accidente o enfermedad laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente en sede casatoria al entender que los agravios planteados suponen mera revisión de la valoración de la prueba y cuestiones procesales excluidas de casación.
¿Quién es el actor?
TORRES MARÍA ELIZABETH (actora).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se reclamó el reconocimiento del carácter laboral de patologías (accidente o enfermedad laboral) y consecuentes pretensiones indemnizatorias; impugnación de la sentencia que rechazó la demanda y confirmó la negativa de la ART a reconocer el origen profesional.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la actora; se regularon honorarios de la instancia en un 40% sobre los honorarios de primera instancia; costas a la recurrente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (manteniendo el lenguaje del tribunal):
1) "En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto por el inc. a) del art. 301 del Código Procesal Civil y Comercial, el recurso articulado deviene formalmente admisible."
2) "En tal sentido, este Superior Tribunal ha sostenido reiteradamente que: 'la fundamentación del recurso de casación por alguna de las causales previstas en el art. 287 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de San Luis exige la efectiva demostración del error jurídico que se le atribuye a la sentencia cuestionada'."
3) "En efecto, más allá de la invocación de una supuesta errónea aplicación e interpretación de normas laborales, de la lectura de escrito recursivo se advierte que los agravios de la actora no plantean una cuestión estrictamente casatoria."
4) "En primer término, y en lo sustancial, resulta manifiesto que el recurso persigue la revisión de la pericia médica, las declaraciones testimoniales y el resto del material probatorio, que a su entender acreditan el origen laboral de las patologías... actividad que se encuentra vedada en esta instancia extraordinaria."
5) "Por consiguiente, toda vez que la recurrente no logró acreditar la existencia de una infracción normativa que habilite la procedencia del recurso, corresponde su rechazo."
Sobre costas y honorarios: "Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia." y "Costas a la recurrente vencida."
¿Cómo votaron los jueces?
Todos los Ministros que votaron (Dres. ENDEIZA, ALLENDE, MONTE RISO, LEVINGSTON y L’HUILLIER) coincidieron en admitir formalmente el recurso y, en lo sustancial, votar por el rechazo de la casación por carecer de causal casatoria, por lo que la decisión es de la mayoría (unánime en las cuestiones votadas).
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