VILLEGAS ALFREDO ENZO C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor demandó a OMINT A.R.T. por reliquidación de prestaciones derivadas de accidente o enfermedad laboral reclamando la aplicación del art. 12 LRT según DNU 669/2019 y la fórmula RIPTE. El Superior Tribunal rechazó la casación por improcedente para cuestionar la declaración de inconstitucionalidad realizada en instancias precedentes y ordenó regular honorarios (40% sobre los de primera instancia) y costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
VILLEGAS ALFREDO ENZO.
¿A quién se demanda?
OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reliquidación de prestación dineraria por accidente o enfermedad laboral aplicando la fórmula del art. 12 de la Ley 24.557 según DNU 669/2019 (coeficiente por división de índices RIPTE y tasa activa BNA con capitalización semestral en caso de mora).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por el actor; se regularon honorarios de la ulterior instancia en el 40% sobre los honorarios de primera instancia; costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de ello, se ha resuelto que: 'los agravios circunscriptos a controvertir la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19, debieron canalizarse por la senda del recurso de inconstitucionalidad y no de la casación'. (cfr. S.D. Nº 173/25.- 'BRANDAN RENZO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL RECURSO DE CASACIÓN-' - IURIX EXP N° 366342/21, del 09/10/2025; S.D. Nº 018/24 'PERRONE HÉCTOR RUBÉN C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACIÓN-' IURIX EXP Nº 329718/18 del 29/02/2024)."
"En definitiva, por no configurarse ninguna causal que habilite la procedencia del recurso de casación, en concordancia con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia en el cuarenta por ciento (40%) sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
la decisión fue adoptada por mayoría unánime (los Dres. Monte Riso, Levingston, L’Huillier, Endeiza y Allende compartieron el criterio de rechazo y demás pronunciamientos). No se registra disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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