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Tribunal Superior

DAVE SERGIO MARTIN C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

El actor promovió demanda por accidente o enfermedad laboral contra La Segunda A.R.T. S.A. reclamando reparación por lesiones y nexo causal. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación y confirmó la solución de mérito por falta de error de derecho, regulando honorarios (40% sobre los de primera instancia) y imponiendo costas a la parte vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 376981/21
Casacion Accidentes o enfermedades laborales Art Valoracion probatoria Pericia medica Nexo causal Rmn Audiometria Costas Honorarios 40%

¿Quién es el actor?

Dave Sergio Martin.

¿A quién se demanda?

La Segunda A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por accidente o enfermedad laboral — reparación por lesiones y su causalidad con el trabajo (daño y nexo causal).

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de casación interpuesto por la parte actora; regulación de honorarios de esta ulterior instancia en un 40% sobre los honorarios de primera instancia; costas a la parte vencida. Voto mayoritario unánime de los cinco ministros (L’Huillier, Endeiza, Allende, Monte Riso y Levingston).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe tener presente que el decisorio cuestionado confirmó el rechazo de la demanda por considerar que: 'no se acreditaron las lesiones en los términos pretendidos por la parte actora, ni su causalidad con el trabajo'. Frente a ello, los cuestionamientos vinculados con la eficacia asignada a la pericia médica, a los estudios de RMN y audiometría, a las declaraciones testimoniales y al restante material probatorio no evidencian, por sí mismos, la configuración de un error de derecho susceptible de ser revisado en esta instancia, sino que procuran, en definitiva, que este Tribunal reexamine la eficacia probatoria asignada por los jueces de grado a los distintos elementos de convicción reunidos en la causa y su incidencia en la acreditación del daño y del nexo causal, tarea que, como es sabido, resulta ajena al ámbito propio del recurso de casación."

"No puede soslayarse que el recurso de casación se erige como un medio de impugnación contra sentencias definitivas que han aplicado o interpretado erróneamente la ley, por lo tanto, se limita a confrontar la aplicación correcta del derecho a los hechos definitivamente juzgados en sede de grado y no abre una tercera instancia ordinaria a fin de atender las reclamaciones de los justiciables, en orden a la interpretación y el alcance otorgados a las pruebas producidas en el proceso y a las conclusiones de ello desprendidas."

"Por todo lo expuesto, toda vez que los agravios del recurrente no logran demostrar la existencia de un error de derecho en los términos exigidos por el art. 287 del Código Procesal Civil y Comercial, y se dirigen, sustancialmente, a obtener una nueva valoración de cuestiones fácticas y probatorias ya examinadas por los tribunales de mérito, corresponde el rechazo del recurso."

(Bloque dispositi vo final, transcripto literalmente)

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte actora. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la parte vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

Los cinco Ministros votaron en igual sentido; no consta disidencia.

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