JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Juan Jose Abruza y Otros c/ Nacion Argentina

La demanda promovida por trabajadores de casinos contra el Estado Nacional reclamaba la devolución de la contribución patronal retenida sobre la bonificación compensatoria. La Corte Suprema confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 18.037, modificado por la ley 19.304, por violar la garantía de igualdad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 306:1047
Contribucion patronal Bonificacion compensatoria Casinos Caja de empleados Inconstitucionalidad Igualdad Remuneracion Ley 18.037 Ley 19.304 Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Juan José Abruza y otros (personal de casinos).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

devolución de las sumas retenidas en concepto de contribución patronal sobre la "bonificación compensatoria" percibida desde octubre de 1971, con actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Corte confirmó la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había hecho lugar a la demanda, declarado la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 18.037 (modificado por la ley 19.304) y ordenado la devolución. Las costas de esta instancia se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...las mismas razones expuestas por el legislador para modificar el tratamiento de lo recibido en carácter de caja de empleados, concurren respecto de la llamada bonificación compensatoria. En efecto, ésta también reviste el carácter de retribución -de acuerdo con los términos de la ley 18.037- y resulta, por tanto, merecedora del mismo tratamiento asignado al resto de las retribuciones, conforme al sistema general previsto en la citada ley y a la reforma de la ley 19.304."

"...originariamente todos los empleados de los casinos participaban en la distribución de los fondos provenientes de la Caja de Empleados, y a que luego, cuando por decisión del Estado se revisó el criterio y se dispuso repartir aquéllos sólo entre el personal de juego, se otorgó al resto de dicho personal la bonificación compensatoria para evitar el perjuicio derivado de la aludida limitación. En consecuencia, admitir la posición de la demandada importaría consagrar una discriminación inválida, que excluye a unos de los que concede a otros en iguales circunstancias, sin fundamento en una razón objetiva y con violación de la garantía constitucional de la igualdad."

"...el argumento de la distinta procedencia de los fondos ... carece de relevancia, en atención a la clara voluntad del legislador expuesta en el referido mensaje de elevación del proyecto de la ley 19.304; de sus términos se desprende que, en el caso, dicho argumento no fue la razón del cambio normativo."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 11 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 19.304art. 11 · Jubilaciones y pensiones
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Resolución 7.097/56
  • Decreto 6.010/56
  • Decreto 1.530/57
  • Decreto 9.418/59
  • Decreto 13.341/59
  • Decreto 13.950/56
  • Decreto 15.375/60

Fallos que cita

  • Fallos 300:902CSJN · 23/08/1984
  • Fallos 301:1163CSJN · 23/08/1984
  • Fallos 287:42CSJN
  • Fallos 293:551CSJN

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