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Cámara de Apelaciones

ZAMBRA ARAVENA, MARIANA DEL CARMEN c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadora demandó por diferencias salariales y descuentos por ausencias justificadas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó la sentencia de grado y condenó a la demandada a pagar $925.374,64 más costas de Alzada, regulando honorarios de Alzada en 30% de lo que obtengan por la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 031801/2023/CA001
Recurso de apelacion Diferencias salariales Ausencias justificadas Art. 55 ley 27.802 Actualizacion de creditos Costas de alzada Honorarios Lct art. 210 Junta medica Non reformatio in peius

¿Quién es el actor?

Zambra Aravena Mariana del Carmen (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

Galeno Argentina S.A. (empresa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por diferencias de salarios y aguinaldos por descuentos practicados por ausencias (período julio 2021-febrero 2022) y demás accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en la Alzada en el 30% de las sumas que les correspondan por su actuación en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "En síntesis, frente a la supuesta disparidad de opiniones acerca de la aptitud laborativa de la actora, la empleadora tuvo a su alcance y debió agotar otras medidas tendientes a mantener la ejecución de las prestaciones laborales que le competen a cada parte."

2) "Por su parte, tal como lo destacó la sentenciante de grado, la actora informó su situación médica, acompañó certificados de su médica tratante, respondió las intimaciones, se sometió al control dispuesto por la empleador... y manteniendo un contacto que demostraba su intención de conservar el vínculo."

3) "En consecuencia, dado que a la luz de las consideraciones que anteceden, las ausencias de la actora resultaron justificadas... no cabe sino mantener la condena impuesta en grado por la suma de $925.374,64 correspondientes a los descuentos materializados durante agosto 2021 a febrero 2022 y las sumas que dejó de percibir en concepto de SAC..."

4) Sobre actualización: "lo resuelto en grado se condice con la posición mayoritaria sentada por este Tribunal... a cuyos fundamentos me remito, por lo que corresponde también confirmar este aspecto del decisorio atacado."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. García Vior adhiere al voto mayoritario en lo sustancial, pero dejó expresa reserva respecto de la validez constitucional del art. 55 de la ley 27.802, manifestando su posición contraria a su validez constitucional aunque en esta causa acompaña la solución mayoritaria para no producir reformatio in pejus.

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