PAIZ RAMON ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes previsionales contra ANSeS por actualización de haberes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado —ordenó pago de diferencias para enero y febrero de 2021 por la movilidad decretada en emergencia económica, diferenció el examen de la ley 27.609 para ejecución y confirmó lo demás—, con costas de Alzada a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
PAIZ RAMON ERNESTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios / actualización de haberes previsionales (cálculo de haber inicial, componente PBU, contribuciones autónomas, impugnación de normas y decretos de movilidad — Leyes 27.426, 27.541, 27.609 y decretos dictados en contexto de emergencia económica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó a ANSeS que abone al beneficiario las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida por los decretos dictados en contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021; a partir de allí se aplicará la Ley 27.609; diferir el pronunciamiento sobre la ley 27.609 para la etapa de ejecución de sentencia; confirmar lo resuelto en lo demás; imponer costas de alzada a la demandada; y regular honorarios de la parte actora por alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia más IVA si corresponde. Devolver actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "En tal orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021."
2) "En cuanto a los planteos relacionados con la movilidad establecida por Ley 27.609, cabe mencionar que los miembros de éste Tribunal se expidieron en los autos: 'WALD ALICIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS'... En ese orden de ideas, se resuelve diferir el análisis de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución de sentencia a fin de abordar la cuestión en un contexto de mayor claridad normativa, una vez se hayan implementado los cambios propuestos por el DNU 274/2024."
3) "Por ello, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes y diferir la resolución del planteo relativo a la ley 27.609 para la etapa de ejecución de sentencia; 2) Ordenar al organismo demandado que abone al beneficiario las diferencias... únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609; 3) Confirmar el pronunciamiento en lo demás que decide..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto principal "con excepción de lo resuelto en torno a la ley 27.541", y en ese punto confirmó lo dispuesto en la instancia de grado; la decisión citada en la Parte Resolutiva es la que resulta vinculante y expresa la mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
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