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Cámara de Apelaciones

MILESI NELIDA NORMA c/ ANSES Y OTRO s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción contra ANSES y otro por amparos y sumarísimos reclamando reajustes y ejecución; se discutieron los honorarios por la representación letrada por una base regulatoria de $2.577.488,03. La Cámara Federal de la Seguridad Social Sala II confirmó la resolución que reguló los honorarios en ambas etapas, ordenó adicionar IVA si corresponde y dispuso no imponer costas de Alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 011810/2022/CA002
Honorarios Anses Amparo Seguridad social Regulacion de honorarios Uma Iva Camara federal de la seguridad social Costas de alzada Suma $2.577.488 03

¿Quién es el actor?

MILESI NELIDA NORMA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparos y sumarísimos vinculados a reajustes/reclamo previsional; en esta instancia se discute la regulación de los honorarios de la representación letrada por las etapas de conocimiento y ejecución sobre un monto percibido.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución recurrida que reguló los honorarios en favor del letrado de la parte actora en las etapas de conocimiento y ejecución; sin costas de alzada; los emolumentos se ajustarán conforme a la normativa arancelaria citada y se adicionará el IVA en caso de corresponder; devolver las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a la regulación de honorarios practicada en favor del letrado de la parte actora, por la etapa de conocimiento y ejecución, en atención a lo resuelto oportunamente por este Tribunal en los autos: “Sago Hadel Ilanco c/ Anses s/Reajustes Varios” 48840/2007 y expte. expte. 31205/2012, ambos “Aldana Julia c/ Anses s/Reajustes Varios” decisorios de fecha 16 de agosto de 2023, debe estarse a sus fundamentos, a los que nos remitimos en honor a la brevedad.

En consecuencia, considerando el monto total percibido que asciende a la suma de $ 2.577.488,03 que sirve de base regulatoria y tomando a tal efecto el valor de la UMA que se encontraba vigente a la fecha del período liquidado por la ANSES y de acuerdo al mérito, la extensión, calidad jurídica y complejidad de la labor desarrollada, e importancia de las tareas realizadas por la representación letrada de la parte actora en la etapa de conocimiento, y desde que solo fueron apelados por la parte demandada, corresponde confirmar los honorarios regulados en ambas etapas. Al monto regulado deberá adicionársele el IVA, de acuerdo a la situación impositiva que corresponda al interesado frente a tal gravamen (cfr. Compañía General de Combustible SA s/Recurso de Apelación” sent. del 16/06/93; Fallos: 316:1533)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el decisorio final.

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