JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BLUA, NATALIA SOLEDAD s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

Trámite de inhabilitación electoral contra Natalia Soledad Blua por condena penal a 10 años; se solicitó el asiento en el subregistro de inhabilitados. El Juzgado Federal resolvió inhabilitar a la Sra. Blua para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 03/06/2033 y excluirla del Subregistro Electoral del Distrito, incorporándola al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO LA PAMPA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 013740/2026
Inhabilitacion electoral Codigo electoral nacional Subregistro de electores inhabilitados Exclusion del padron Condena penal Derechos electorales Registracion Juzgado federal 03/06/2033 Matricula 30.960.711

¿Quién es el actor?

Secretaría Electoral / Juzgado Federal de Santa Rosa (actuaciones registradas en el Registro de la Secretaría Electoral).

¿A quién se demanda?

BLUA, NATALIA SOLEDAD, matrícula N° 30.960.711.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Actuación de inhabilitación electoral (art. 3 CEN) para asentar la inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos, en razón de condena penal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la inhabilitación de Natalia Soledad Blua para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 03/06/2033; se la excluyó del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) y se la incorporó al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase y oportunamente archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de La Pampa, por la cual se condenó a la ciudadana BLUA, NATALIA SOLEDAD, matrícula N° 30.960.711 a la pena de 10 años de prisión." "Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 03 de junio de 2033." Dispositivo (transcripción): "1°) INHABILITAR a BLUA, NATALIA SOLEDAD, matrícula N° 30.960.711 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 03/06/2033. 2°) EXCLUIRLA/O del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarla/o al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito."

(Destacar: la decisión se funda en el oficio remitido por el Juzgado de Ejecución que comunica la condena a 10 años y en la aplicación de los arts. 3 y 4 del Código Electoral Nacional. No hay votos en disidencia; es sentencia de juez de primera instancia.)

Normas que cita

  • C.E.N.arts. 3, 4

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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