ANDREIS, JUAN JOSE s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)
Procedimiento de inhabilitación electoral contra Juan José Andreis por sentencia penal ejecutoriada. El Juzgado Federal resolvió inhabilitarlo para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 12/04/2029 y excluirlo del Subregistro Electoral del Distrito, incorporándolo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos conforme a los arts. 3 y 4 del CEN.
¿Quién es el actor?
Secretaría Electoral del Juzgado Federal (Registro de la Secretaría Electoral de este Juzgado Federal).
¿A quién se demanda?
ANDREIS, JUAN JOSE, matrícula N° 37.825.233.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
trámite de inhabilitación electoral por sentencia penal (art. 3 CEN) y su inscripción en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito.
¿Qué se resolvió?
Se inhabilitó a ANDREIS, JUAN JOSE para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 12/04/2029; se lo excluyó del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) y se lo incorporó al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase y oportunamente archívese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano ANDREIS, JUAN JOSE, matrícula N° 37.825.233 a la pena de 3 años de prisión."
"Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 12 de abril de 2029."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta disidencia en la resolución.
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Normas que cita
- CENarts. 3, 4
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