PIQUER PACHECO, XANDERLLY CAROLINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía para Xanderlly Carolina Piquer Pacheco. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº10 declaró a la interesada ciudadana argentina y ordenó expedir la carta de ciudadanía, advirtiendo la obligación de jurar fidelidad, el deber de enrolarse en un año y la posible pérdida de la nacionalidad anterior por el principio de unicidad.
¿Quién es el actor?
Xanderlly Carolina Piquer Pacheco (peticionaria).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (actuó el Procurador Fiscal; se tramitaron oficios a organismos públicos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a Xanderlly Carolina Piquer Pacheco, con las obligaciones y advertencias legales correspondientes; se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, la Cámara Nacional Electoral y la Dirección Nacional de Migraciones, además de comunicar la concesión a la Corte Suprema de Justicia (Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto). Se notificará a la interesada y al procurador fiscal y se archivarán las actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
(Dispositivo) "1.- Declarar ciudadana argentina a XANDERLLY CAROLINA PIQUER PACHECO... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público- la pérdida de su nacionalidad anterior ... 3.- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)."
¿Cómo votaron los jueces?
no consta en el texto voto en disidencia; la resolución es unipersonal del juez de primera instancia y constituye la decisión del tribunal de grado.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
- Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
- Ley 25.871Migraciones
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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