INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°1 -MORON- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°5 -LOMAS DE ZAMORA-
Incidente de competencia entre los Juzgados de Garantías Nº 1 de Morón y Nº 5 de Lomas de Zamora por hechos conexos vinculados a un vehículo. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 5 de Lomas de Zamora por economía procesal y aplicación de las reglas de conexión (arts. 32 y 33 del C.P.P. y art.15 de la Constitución provincial).
¿Quién es el actor?
Juzgado de Garantías Nº 5 del Departamento Judicial Lomas de Zamora (parte en el incidente).
¿A quién se demanda?
Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Morón (parte en el incidente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resolución del conflicto de competencia entre ambos Juzgados respecto de las investigaciones penales vinculadas a hechos relacionados con un vehículo Renault Megane (IPP 10-00-061673-23 y IPP 07-00-080607-23/00).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 5 del Departamento Judicial Lomas de Zamora para entender en la causa, por conexidad objetiva y por razones de economía procesal; ordenó registrarse, notificarse y oficiarse a ambos Juzgados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En lo que aquí interesa destacar la declinante refiere que '..de los sucesos motivos de investigación se desprende a las claras que el primero de los hechos tuvo lugar en la Facultad de Lomas de Zamora, ubicada en la calle Juan XXIII y Ruta Provincial nro. 4, de la mencionada localidad y que el mismo guarda estrecha relación con la I.P.P. 07-00-080607-23/00, caratulada NN s/ Estafa en trámite por ante el Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, la cual fue iniciada por la denuncia efectuada por la Sra. Daniela Ester Petrizzo, ... declinar mi competencia para continuar entendiendo en la Investigación Penal Preparatoria 10-00-061673-23 en favor del Magistrado a cargo del Juzgado de Garantías N° 5 del mencionado Departamento Judicial.'"
"Ahora bien, estimo que, por razones de economía procesal, dada la estrecha vinculación que tiene el primer hecho sucedido en torno al rodado marca Renault modelo Megane y el segundo, corresponde al juez que conoce en el primero de los antijurídicos, hacerlo en la totalidad delictiva, ello es, el Juzgado de Garantías n° 5 del departamento Judicial de Lomas de Zamora, es preciso concentrar la investigación jurisdiccional, evitando la fragmentación de pesquisas estrechamente vinculadas entre sí por aplicación de las reglas de conexión previstas en los arts. 32 y 33 del C.P.P. y teniendo en cuenta 'la mejor y más pronta administración de justicia' que estipula este último."
"Por lo tanto, resulta competente el Juzgado de Garantías nro. 5 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, con independencia que de la profundización de la pesquisa surjan nuevos elementos que ameriten las derivaciones que correspondan (arts. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; 20 inc. 4, 32, 33 inc. 2 y concs. del C.P.P.)."
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo fue unánime; el Dr. Kohan votó por declarar la competencia del Juzgado Nº 5, y la Dra. Budiño adhirió "en igual sentido y por los mismos fundamentos". No existen votos en disidencia.
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