INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°4 -DOLORES ASIENTO MAR DEL TUYU- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°1 -MAR DEL PLATA-
Incidente de competencia entre Juzgados de Garantías por investigación de robo y posible encubrimiento. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 1 de Mar del Plata por la conexión entre la sustracción del motovehículo y el hallazgo en poder de un tercero, atendiendo a las reglas de conexión de los arts. 32 y 33 del C.P.P. y el interés en la mejor y más pronta administración de justicia.
¿Quién es el actor?
Juzgado de Garantías Nº 4 del Departamento Judicial Dolores (declinante) promovió la cuestión de competencia; la causa fue elevada a la Cámara por competencia cuestionada.
¿A quién se demanda?
Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata (receptor de la declinación y que rechazó aceptar competencia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resolución del incidente de competencia relativo a la investigación por la sustracción del motovehículo KTM Duke dominio A223IRT y por la presunta conducta de encubrimiento/tenencia en poder de otra persona, y determinar qué Juzgado debe entender en la investigación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata para entender en la presente causa. Ordenó registrarse, notificarse y oficiar al Juzgado declinante y al declarado competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Surge de la lectura del presente legajo que el Juez del Juzgado de Garantías nro. 4 del Departamento Judicial Dolores, con asiento en Mar del Tuyú, declina su competencia en orden al ilícito de encubrimiento a favor de su par de Mar del Plata, con sustento en las razones que, en lo esencial, fueron transcriptas en los Antecedentes del presente Acuerdo.
Adelanto que, coincido con el Sr. Juez declinante, y de tal modo con el parecer de la Señora Fiscal de Casación.
Hago notar que el vehículo denunciado registra pedido de secuestro activo con injerencia en la UFIJE ODEPA y el Juzgado de Garantías de Mar del Plata -General Pueyrredón-, debido a que en dicha dependencia tramita la investigación en orden al delito de robo por la sustracción de rodado en cuestión.
No existiendo constancias en el legajo a estudio de resolución firme alguna que desvincule a la persona en cuyo poder se hallara el vehículo con los autores del desapoderamiento y, dada la estrecha vinculación que tiene el desapoderamiento, bajo la forma de hurto o robo, y el encubrimiento de esa conducta a través de su aprovechamiento, corresponde al juez que conoce en el primero de los antijurídicos, hacerlo en la totalidad delictiva, ello es, el Juzgado de Garantías de Mar del Plata, por aplicación de las reglas de conexión previstas en los arts. 32 y 33 del C.P.P. y teniendo en cuenta "la mejor y más pronta administración de justicia" que estipula este último."
Bloque dispositivo final (lo resuelto por mayoría):
"Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal resuelve:
I.- Declarar competente para entender en la presente causa al Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata.
Arts. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; 20 inc. 4, 32, 33 inc. 1 y concs. del C.P.P.-
II.-Regístrese. Notifíquese. Ofíciese al Juzgado de Garantías Nº 4 del Departamento Judicial Dolores, con asiento en Mar del Tuyú y al Juzgado declarado competente."
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