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Cámara de Apelaciones

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BCD TRAVEL ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio contra B.C.D. Travel y sus directivos por percepciones e impuesto sobre ingresos brutos y multa por omisión por períodos 01-12/2017. La Cámara confirmó las sentencias de grado: declaró prescripta la acción fiscal respecto de períodos concretos y la multa (aplicando plazos del Código Penal), confirmó la inconstitucionalidad del cómputo del dies a quo previsto en el Código Fiscal y dejó sin alcance la declaración de inconstitucionalidad del artículo 157 respecto de la obligación principal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI1-12637-2025
Apremio Prescripcion Impuesto sobre los ingresos brutos Multa por omision Inconstitucionalidad Dies a quo Codigo fiscal (ley 10.397) Codigo civil y comercial (ley 26.994) Codigo penal (prescripcion de multas) Costas de alzada. F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion F | alpha shipping s.a. c/ direccion general de rentas | csjn | 2023-03-07 | | fallos: 346:103 | cita F | filcrosa (lazaro rabinovich y filcrosa ref.) | csjn | | | fallos: 326:3899 198:139 | cita F | cooperativa provision almaceneros minoristas de punta alta limitada c.81.253 | scba | 2007-05-30 | | cita F | fisco de la provincia de buenos aires c/ recuperacion de creditos s.r.l. a.71.388 | scba | 2018-05-16 | F | csjn Declaracion de inadmisibilidad recurso extraordinario contra recuperacion de creditos | csjn | 2020-10-22 | csj 2658/2018/cs1 | | menciona F | volkswagen (corte federal) | csjn | 2019-11-05 | F | merco trans (voto dr. soria mencionado) | scba / camara | --fin-citas---

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

B.C.D. Travel Argentina S.A., Claudia Ester Bertoli, Juan Heraldo Dunn y Robert John Mc Teague.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de apremio para cobrar $119.250.276,46 por percepciones e impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes a las quincenas de los períodos 01 a 12/2017, con recargos, intereses y multa por omisión (títulos ejecutivos n° 1.354.047 y 1.354.050).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de apelación del Fisco y en lo que fue materia de agravio se confirmaron las sentencias de primera instancia: se declaró prescripta la acción fiscal para determinados períodos (01 a 09/2017 respecto de algunos coejecutados; 01 a 12/2017 respecto de Dunn), se declaró prescripta la facultad de aplicar la multa por omisión (aplicando el plazo bienal del Código Penal), se declaró la inaplicabilidad del primer párrafo del art. 159 y del art. 161 inciso a) del Código Fiscal en cuanto difieren el dies a quo, y se mantuvo el plazo quinquenal del art. 157 para la obligación tributaria principal (con la salvedad expresada respecto del alcance de la inconstitucionalidad en relación con la multa). Se impusieron costas conforme al principio objetivo del juicio ejecutivo y las de Alzada conforme se explica en el fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

(Se consignan los pasajes más relevantes del pronunciamiento en el lenguaje original del tribunal.)

"En virtud del resultado del Acuerdo que antecede, este Tribunal RESUELVE: 1°) Desestimar los pedidos de deserción formulados por la codemandada B.C.D. Travel Argentina S.A. y por el coejecutado Juan Heraldo Dunn respecto de los recursos de apelación deducidos por la parte actora; 2°) rechazar los recursos de apelación interpuestos por la parte actora, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, contra las sentencias de fechas 25/2/25 y 19/8/25; ... 4°) confirmar, en consecuencia, las sentencias apeladas en cuanto han sido materia de agravio, con el alcance precisado en el punto 7.3) de este pronunciamiento respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 157 del Código Fiscal (Ley n° 10.397, t.o. por Res. n° 39/11 y sus modificatorias), que queda circunscripta a la multa por omisión reclamada en el título ejecutivo n° 1.354.047; ... 6°) diferir la regulación de honorarios profesionales para el momento procesal oportuno."

"En cuanto al dies a quo, al encontrarse vedada a las jurisdicciones provinciales la potestad de fijar o postergar el momento de inicio de la prescripción liberatoria, resulta inconstitucional e inaplicable el primer párrafo del artículo 159 del Código Fiscal, que lo difiere al 1° de enero del año siguiente; y corresponde acudir, en su lugar, al artículo 2.554 del Código Civil y Comercial, conforme al cual 'el transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible'."

"Por consiguiente, los agravios examinados en este considerando deben ser desestimados, y confirmarse las sentencias apeladas en cuanto declararon la inconstitucionalidad del primer párrafo del artículo 159 y -en el caso de la sentencia del 19/8/25- del artículo 161 inciso 'a' del Código Fiscal, y prescripta la acción fiscal para exigir el pago de la obligación tributaria por los períodos indicados; ello, con el alcance precisado en el punto 7.3) respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 157 de dicho cuerpo normativo."

"En cuanto a la multa por omisión ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido ... que '...ello no altera su naturaleza principalmente punitiva, de donde se deriva la aplicabilidad a la materia de los principios del derecho penal...' ... en 'Alpha Shipping' ... concluyó en que corresponde aplicar a las multas fiscales el plazo de dos años establecido en el inciso 4° del artículo 65 del Código Penal... En consecuencia ... declararon prescripta la facultad de la autoridad de aplicación para aplicar la multa por omisión reclamada en el título ejecutivo n° 1.354.047."

(Voto mayoritario y dispositivo final: los Dres. Saulquin y Enrici votaron en idéntico sentido.)

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