BOGLIOTTI SANDRA ESTER C/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA P Y OTROS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La actora reclamó la recomposición de la bonificación por antigüedad para los años 1996-2005 y la declaración de inconstitucionalidad de disposiciones que redujeron dicho cómputo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 1 y 2 de la ley 13.354 en cuanto redujeron o suprimieron el 3% para 1996-2005 y ordenó la reliquidación con alcance y alcances precisados.
¿Quién es el actor?
Sandra Ester Bogliotti, retirada de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires (beneficio de retiro n.º 38.375/0).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y reliquidación de la bonificación por antigüedad al 3% para los años de servicio afectados (1996-2005), con declaración de inconstitucionalidad de normas provinciales que suprimieron o redujeron ese porcentaje y pago de las diferencias e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la apelación de la demandada y se confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda. Se dejó establecido que la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley 13.354 alcanza únicamente en cuanto suprimen o reducen la bonificación por antigüedad del 3% respecto de los años 1996 a 2005; la reliquidación comprenderá esos años (incluidos ejercicios 2002 y 2003); se ordena pago de diferencias desde el 12/12/2022 hasta la firmeza y recomposición futura; se practicará la liquidación con deducción de aportes y retenciones; costas a la parte demandada; regulación de honorarios diferida.
Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes; lenguaje original del tribunal — se incluye lo más relevante en el texto del decisorio mayoritario):
"Rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha 6/02/2026 y, en consecuencia, confirmar la sentencia de grado del 6/02/2026 en todo cuanto ha sido materia de agravio, con el alcance determinado en el considerando 13° del voto que abre el acuerdo."
"la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley n° 13.354 alcanza a dichas normas únicamente en cuanto establecen la supresión o reducción de la bonificación por antigüedad del tres por ciento (3%) respecto de los años 1996 a 2005; ... la reliquidación ordenada comprende los años 1996, 1997 a 2004 y 2005 -incluidos los ejercicios 2002 y 2003-, manteniéndose el cómputo vigente para los restantes años liquidados al tres por ciento (3%); ... la condena comprende tanto las diferencias devengadas entre el 12/12/2022 y la firmeza del presente pronunciamiento, cuanto la recomposición del haber mensual futuro, quedando absorbidos en ella los pagos efectuados por efecto de la medida cautelar dictada el 10/02/2025; y e) la liquidación se practicará con deducción de los aportes y retenciones de ley que correspondan;"
"El art. 2.554 del C.C.yC. fija el comienzo del cómputo en el día en que la prestación es exigible, y la prestación aquí reclamada no se agota en un acto único consumado en el pasado: la lesión se renueva con cada liquidación mensual del haber, en la que el porcentaje reducido vuelve a aplicarse sobre los años 1996 a 2005."
"la disminución de los porcentajes implica un retroceso en la estructura de la remuneración, incompatible con el principio de progresividad reconocido en el art. 39 inc. 3° de la Constitución Provincial, y que las modificaciones implicaron una disminución salarial y una afectación de derechos adquiridos"
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que abre el Acuerdo (Dr. Jorge A. Saulquin) propone el rechazo del recurso por los fundamentos citados; el Sr. Juez Luciano Enrici adhiere "en idéntico sentido y por los mismos fundamentos". Por mayoría se confirma la sentencia de grado. No hay disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 13.354 de Buenos AiresBonificacion del 2% por antigüedad para todo el personal de la administracion publica provincial excepto el personal…
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