FERNANDEZ MANO SERGIO ARIEL C/ RAMOS VERONICA ISABEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito entre una motocicleta y una camioneta. La Cámara confirmó la responsabilidad objetiva atribuida en primera instancia pero modificó la cuantía de los rubros incapacidad sobreviniente física (reducción a $6.191.089,33) y daño moral (reducción a $3.000.000).
¿Quién es el actor?
Sergio Ariel Fernández Mano.
¿A quién se demanda?
Verónica Isabel Ramos y Matías Aníbal Orfo; se cita en garantía a Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 31/07/2020 en El Talar (Av. Belgrano y calle Palacios), por la colisión entre la motocicleta del actor y la camioneta Mercedes Benz Sprinter conducida por Ramos y de propiedad de Orfo.
¿Qué se resolvió?
Se confirma en lo esencial la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda imponiendo la responsabilidad objetiva en un 100% a la demandada y extendiendo la condena a la aseguradora en la medida de la póliza, pero se modifica la cuantía de dos rubros: incapacidad sobreviniente física reducida a $6.191.089,33 y daño moral reducido a $3.000.000. Se confirman los restantes rubros (daños materiales y privación de uso). Las costas de alzada se imponen a la apelante (la aseguradora).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la causa, no se encuentra discutida la intervención de la camioneta Mercedes Benz Sprinter conducida por Ramos ni el contacto material habido con la motocicleta guiada por el actor Sergio Ariel Fernández Mano. Por consiguiente, pesaba sobre la citada en garantía la rigurosa carga procesal de acreditar con elementos probatorios fehacientes la eximente alegada (art. 375 del CPCC)."
"Dicho entonces que la aseguradora no ha aportado elemento probatorio objetivo alguno capaz de demostrar la culpa de la víctima o una causa ajena con aptitud para fracturar el nexo causal, corresponde confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia en cuanto atribuye el 100% de la responsabilidad objetiva por el hecho acaecido a la parte demandada y a la citada en garantía en la medida de la cobertura."
"De allí que corresponda reconocer únicamente la incapacidad sobreviniente física parcial y permanente derivada de dicha secuela nasal, la cual se fija en el diez (10%) de la Total Obrera, en razón de ser ese el porcentaje asignado a dicha secuela en el informe pericial producido en autos. Aplicando los parámetros correspondientes... el cálculo matemático arroja un capital de pesos seis millones ciento noventa y un mil ochenta y nueve con treinta y tres centavos ($6.191.089,33). En consecuencia, se propone modificar la sentencia de grado y reducir el monto del rubro incapacidad sobreviniente física a la suma indicada."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia está firmada por las Dras. Mauri y Soláns, que votaron en igual sentido; el dispositivo final confirma la mayoría.
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