JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Fiscal c/ Guillermo Victor Salinas y Otros

El Ministerio Público Fiscal promovió causa penal contra Guillermo Víctor Salinas y otros por rapto, violación calificada y hurto calificado de una menor. La Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario, por tratarse de cuestiones de derecho común y de hecho y prueba ajenas a la instancia federal, y por haber sido interpuesto fuera de término.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 305:514
Recurso extraordinario Cuestion federal Arbitrariedad Derecho comun Valoracion de la prueba Rapto Violacion calificada Hurto calificado Plazo para recurrir Defensa en juicio

¿Quién es el actor?

Fiscal (Ministerio Público)

¿A quién se demanda?

Guillermo Víctor Salinas y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Persecución penal por rapto, violación calificada y hurto calificado de una menor.

¿Qué se resolvió?

Se desestiman los agravios planteados en el recurso extraordinario, por no existir cuestión federal y por ser extemporáneo el recurso interpuesto contra la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Lo atinente a las facultades de los tribunales provinciales, al alcance de su jurisdicción, y a la forma en que ejercen su ministerio -reglado por los preceptos constitucionales y leyes locales-, es materia que no puede reverse por la vía federal, en virtud del respeto debido a las atribuciones que tienen las provincias de darse sus propias instituciones y regirse por ellas."

"Debe desestimarse la tacha de arbitrariedad fundada en el apartamiento de lo dispuesto por el art. 72 del Código Penal, que a juicio de' recurrente no permite la ampliación de excepciones mediante la interpretación extensiva, toda vez que, al margen de suscitar una cuestión de interpretación del derecho común aplicable al caso, no guarda relación directa con el derecho que se dice conculcado."

"Lo relativo a la eficacia de las pruebas producidas en un proceso criminal para la condenación del acusado es materia propia de los jueces de la causa y ajena, por principio, al recurso extraordinario."

"Si los agravios del apelante no fueron tratados por la resolución que se impugna, por considerar la Corte provincial que eran ajenos a la vía extraordinaria intentada, no es aquélla la sentencia definitiva del superior tribunal de la causa sino la dictada por la Cámara segunda en lo Criminal."

Normas que cita

Fallos que cita

  • FISCAL v. GUILLERMO VICTOR SALINAS Y OTROSCSJN · Fallos 303:696
  • FISCAL v. GUILLERMO VICTOR SALINAS Y OTROSCSJN · Fallos 304:1027
  • FISCAL v. GUILLERMO VICTOR SALINAS Y OTROSCSJN · Fallos 304:1210
  • Fallos 297:219CSJN
  • Fallos 302:278CSJN
  • Fallos 303:317CSJN
  • Fallos 303:330CSJN
  • Fallos 302:574CSJN
  • Fallos 302:418CSJN

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