JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Victor Juan Reimer

La firma El Monaguillo S.A.C.I.F. e I. demandó a la Provincia de Buenos Aires para que se declare la inconstitucionalidad del art. 234 del Código Alimentario Argentino y la nulidad de las resoluciones que impidieron registrar el rótulo Manjar. La Corte rechazó la inconstitucionalidad de la norma, pero hizo lugar a la demanda y anuló los actos administrativos por irrazonables.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 304:596
Marca registrada Codigo alimentario argentino Art. 234 Rotulacion Identificacion de mercaderias Proteccion del consumidor Control de constitucionalidad Razonabilidad Ley 19.982 Ley 3975.

¿Quién es el actor?

El Monaguillo S.A.C.I.F. e I.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del art. 234 del Código Alimentario Argentino, en cuanto fundamentó la resolución del Laboratorio Central de Salud Pública y el decreto provincial 2258/78, y nulidad de esos actos, que impedían autorizar el rótulo "Manjar" para un producto a base de malta torrada con azúcar.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la inconstitucionalidad del art. 234 del Código Alimentario Argentino. Se hizo lugar a la demanda en cuanto pedía la nulidad de las resoluciones de fs. 21, 34 y 74 del expediente administrativo y del decreto 2258/78, y se ordenó al organismo provincial autorizar el rótulo propuesto, siempre que no exista otro impedimento. Las costas se distribuyeron 80% a la demandada y 20% a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde, pues, desestimar la tacha articulada sobre la base de hallarse dicho precepto en pugna con el art. 18 de la Constitución y haber excedido el Poder Ejecutivo Nacional el mandato otorgado por el art. 1º de la ley 18.284."

"Cabe reconocer, al respecto, que aun cuando el régimen de esa ley se inspiraba principalmente en el interés del fabricante, industrial o comerciante, el mismo también protegía al consumidor [...]."

"...en miras a la protección del superior interés de la comunidad puede limitarse el uso de una marca cuando ella, en alguna de las particulares circunstancias en que es empleado, sea susceptible de ocasionar las situaciones que el régimen de identificación de mercaderías tiende a eliminar."

"Si bien podría ser verdad, como lo sostiene la demandada, que la voz 'manjar' se emplea en estos tiempos en nuestro país con el significado de un adjetivo, ello no es suficiente para asignarle el carácter de atributivo de valor o calidad especial, en los términos del art. 234 del Código Alimentario Argentino."

"El criterio para establecer las limitaciones al uso de la marca debe ser extremadamente cauteloso y prudente, pues se hallan comprometidas expresas garantías constitucionales que no pueden desconocerse sino cuando dicho uso resulta indebido o abusivo, de modo que efectivamente sea susceptible de sorprender la buena fe de los habitantes."

Sobre la constitucionalidad, el fallo remite al dictamen del Procurador General, que cita Fallos 300:100: "si bien la correcta configuración de los tipos penales obliga a determinar en forma precisa los modos de conducta sujetos a punición, no existe obstáculo constitucional para que, cuando el contenido de los deberes o de las prohibiciones dependa substancialmente de una valoración a realizarse en vista de circunstancias concretas insusceptibles de enumeración previa, sea la autoridad jurisdiccional quien aplique esa valoración."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
  • Ley 18.284arts. 1, 19, 20 · Codigo alimentario argentino
  • Decreto 141/53
  • Decreto 2126/71
  • CAAarts. 220, 222, 234, 1412
  • Ley 3975art. 48
  • Ley 11.275
  • Ley 19.982art. 12
  • Ley 22.362art. 3 · Marcas y designaciones
  • Decreto 2258/78 (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 300:100
  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 145:116
  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 182:62
  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 211:559
  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 272:290
  • Monaguillo S.A.C.I.F. e I. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 04/05/1982 · Fallos 279:150
  • Fallos 155:87CSJN
  • Fallos 199:442CSJN
  • Fallos 224:741CSJN
  • Fallos 252:117CSJN
  • Fallos 299:213CSJN
  • Fallos 165:349CSJN
  • Fallos 237:753CSJN
  • Fallos 248:385CSJN
  • Fallos 277:282CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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