Oscar Antonio Campana
Oscar Antonio Campana fue investigado por presuntos delitos de defraudación previstos en los arts. 173 inc. 4° y 288 inc. 1° del Código Penal, en el marco de una cuestión de competencia. El tribunal resolvió que la competencia para conocer en la causa corresponde a la Justicia Nacional en lo Criminal de Instrucción y no a la justicia federal.
¿Quién es el actor?
DESCONOCIDO (el texto es un sumario, no surge la acusación ni el querellante).
Demandado / imputado: Oscar Antonio Campana.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
presunta comisión de los ilícitos previstos en los arts. 173, inc. 4°, y 288, inc. 1°, del Código Penal.
¿Qué se resolvió?
se declaró competente a la Justicia Nacional en lo Criminal de Instrucción para conocer de la causa, con exclusión de la justicia federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De acuerdo con lo dispuesto por los arts. 25, inc. 3° y 31, inc. 9°, del Código de Procedimientos en Materia Penal, es competente la Justicia Nacional en lo Criminal de Instrucción, y no la federal, para conocer de la presunta comisión de los ilícitos previstos en los arts. 173, inc. 4°, y 288, inc. 1°, del Código Penal."
¿Cómo votaron los jueces?
DESCONOCIDO (no surgen del sumario).
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