ZELADA, SILVIA BEATRIZ C/ IOMA S/AMPARO (INFOREC 301)
La actora promovió amparo para obtener cobertura integral de internación geriátrica y reintegros por pagos realizados. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: confirmó la cobertura ordenada para la internación pero revocó la condena a reintegrar los pagos de diciembre/2025 a abril/2026 y declaró abstracto el recurso sobre la denegatoria cautelar.
¿Quién es el actor?
Silvia Beatriz Zelada, afiliada a IOMA.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Médico Asistencial de la provincia de Buenos Aires (IOMA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobertura integral del costo de internación geriátrica en la residencia "Lares del Mar" y la liquidación y pago de reintegros adeudados por los meses de diciembre de 2025 a abril de 2026 (facturas por $3.280.000 cada una según la demanda).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo esencial la declaración de procedencia de la acción tendiente a obtener la cobertura integral de la internación, pero hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de IOMA y revocó la condena en cuanto ordenó el reintegro de los importes abonados por la actora entre diciembre/2025 y abril/2026. Además declaró abstracto el recurso de la actora contra la denegatoria de la medida cautelar al haberse resuelto el fondo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Reseñó que la actora manifestó encontrarse internada en el mencionado establecimiento en razón de su estado psicofísico y de acuerdo a lo prescripto por el Dr. Vicente Lanza, profesional de la salud que indicó la necesidad de recibir asistencia personalizada, especializada y permanente durante las veinticuatro horas del día, cuidados que su grupo familiar se encontraba imposibilitado de brindar."
"Subrayó que la pretensión articulada encontraba sustento en los derechos a la vida y a la salud garantizados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella por su art. 75 inc. 22, así como en la obligación estatal de brindar los beneficios de la seguridad social con carácter integral e irrenunciable."
"Por las razones expuestas, cabe acoger en este segmento el recurso articulado y revocar la sentencia en cuanto ordenó al I.O.M.A. efectuar los reintegros demandados."
"Resulta, entonces, una consecuencia del carácter instrumental referido la extinción ipso iure de sus efectos en el momento en que se arriba a un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión planteada... [por lo que] el recurso de apelación interpuesto contra el pronunciamiento que denegó la medida cautelar de autos quedó superado con el dictado de la sentencia definitiva de fecha 30-09-2026."
Bloque dispositivo mayoritario (extracto):
"1. Acoger parcialmente el recurso de apelación incoado por la accionada contra el fallo de primera instancia y revocar éste en cuanto ordena al I.O.M.A. reintegrar a la actora los importes correspondientes a los pagos realizados para solventar la prestación demandada entre diciembre de 2025 y abril de 2026 -rechazándose en dicha parcela la acción constitucional impetrada-... 2. Declarar abstracto el examen del recurso de apelación interpuesto por la parte actora el 09-09-2026 contra el pronunciamiento que denegó la medida cautelar requerida en la especie."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del Dr. Mora razonó el acogimiento parcial del recurso de IOMA (revocación de la condena a reintegros y declaración de abstractitud del recurso cautelar), y el Dr. Ucín adhirió expresamente al voto de Mora, por lo que la resolución corresponde a la mayoría expresada en el dispositivo final.
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