JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

JAUREGUI ELEA ERICA C/ FERNANDEZ MIGNAQUI NATALIA DANIELA Y OTRO/A S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES

Demanda de fijación y cobro de canon locativo entre condóminos por uso exclusivo del inmueble. La Cámara confirmó íntegramente la sentencia de grado: hizo lugar a la pretensión de cobro de cánones por la mitad de los importes devengados y rechazó el reclamo de impuestos, tasas, servicios y la reconvención por reembolso de mejoras por falta de prueba.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
180281
Condominio Canon locativo Uso exclusivo Reembolso de mejoras Impuesto/tasas/servicios Prueba pericial Indicios Costas Confirmacion de apelacion Cpccba

¿Quién es el actor?

Elea Érica Jáuregui.

¿A quién se demanda?

Natalia Daniela Fernández Mignaqui y Sofía Maricel Fernández Mignaqui (codemandadas y reconvinientes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación y cobro de canon compensatorio por uso exclusivo del inmueble (canon locativo), pago de impuestos, tasas y servicios, y en reconvención reclamo de reembolso por mejoras (U$D 30.000 aprox.).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de la actora y de las demandadas reconvinientes y se confirmó íntegramente la sentencia de fecha 9/4/2026 que hizo lugar al cobro de cánones locativos por la mitad de los importes devengados entre 15/9/2021 y 15/9/2025 por $10.912.002, impuso intereses según la tasa activa del Banco Provincia, rechazó la demanda de cobro de impuestos, tasas y servicios y rechazó la reconvención por reembolso de mejoras. Las costas se imponen a quienes recurrieron; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El 9 de abril de 2026, la jueza a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 11 departamental dictó sentencia e hizo lugar a la demanda de fijación y cobro de canon compensatorio iniciada por Elea Érica Jáuregui contra Natalia Daniela Fernández Mignaqui y Sofía Maricel Fernández Mignaqui. Fijó el precio del canon locativo en los importes indicados para los distintos períodos en el considerando III.2 de la sentencia y condenó a las demandadas a abonar a la actora la suma $10.912.002 (representativo de la mitad de los cánones locativos devengados entre el 15/09/2021 y el 15/09/2025). Indicó que -a ese monto- deberá sumársele la mitad de los cánones locativos que se devenguen con posterioridad y hasta el cese del uso exclusivo del inmueble, más los intereses indicados en el considerando III.2. de la sentencia."

"En su demanda, la accionante reclamó que 'Solicito que la condena incluya también el pago a cargo de las demandadas, por partes iguales, al pago de los impuestos y tasas que afecten el inmueble y de los servicios que se encuentren pendientes de cancelación hasta la liquidación del condominio, dejando constancia que el monto efectivamente adeudado por estos conceptos debe ser determinado en la etapa de ejecución de sentencia' (sic; v. punto I de la demanda presentada el 17/11/2023; art. 330 del CPCCBA)... Ante esta imprecisa delimitación de la pretensión, la jueza encuadró el reclamo de la manera más razonable posible y lo rechazó, habida cuenta de que la actora no alegó ni acreditó haber realizado erogación alguna en concepto de impuestos, tasas o servicios que motive una condena de reembolso respecto las demandadas (arts. 330, 375 y 384 del CPCCBA)."

"Para demostrar este aspecto fundamental de su pretensión, las reconvinientes acompañaros una extensa cantidad de presupuestos, facturas y cotizaciones vinculadas a la compra de elementos de construcción e insumos de refacción... Es que, aun partiendo de los documentos acompañados por las reconvinientes ... lo cierto es que subyacen varias preguntas: (1) ¿fueron acaso comprados los elementos de los que no hay factura sino únicamente presupuestos?; (2) en caso afirmativo; ¿fueron esos elementos instalados?; (3) Si efectivamente fueron instalados; ¿su destino fue la vivienda de Alberti 795 o uno distinto? No hay respuesta a esos interrogantes, y no la hay porque las reconvinientes no produjeron la prueba necesaria a tal efecto."

¿Cómo votaron los jueces?

Ambos jueces (Dr. Monterisi y Dr. Loustaunau) votaron en igual sentido; el Acuerdo resolvió confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia.

Normas que cita

  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 31
  • 4039/21 (Scba)art. Anexo I art.10 (Reglamento para presentaciones y notificaciones electrónicas)

Fallos que cita

  • SantecchiaSCBA (Sala) · 14/02/2018
  • SeoaneSCBA (Sala) · 06/06/2017
  • IaconoSCBA (Sala) · 18/09/2017
  • LagosSCBA (Sala) · 09/11/2017

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