DOMANSKI JULIÁN MARCELO C/ HERED. DE SOSA HORACIO R. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva larga contra los herederos de Horacio R. Sosa por la unidad funcional 318, matrícula 49.987/318. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la usucapión por insuficiencia de la prueba compuesta exigida para la usucapión larga y por falta de fecha cierta y autenticidad de la documental.
¿Quién es el actor?
Julián Marcelo Domanski.
¿A quién se demanda?
Herederos de Horacio Rafael Sosa (listados arriba).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva larga (usucapión) sobre el inmueble sito en calle Arenales n° 2319... unidad funcional 318, matrícula 49.987/318, Partido de General Pueyrredón.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de fecha 23/12/2025 que rechazó la demanda de prescripción adquisitiva. Se impusieron las costas al apelante vencido y se diferió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A poco de inspeccionar la prueba ofrecida, producida y colectada en la causa considero que lo resuelto es justo y debe mantenerse. La misma ha resultado insuficiente para comprobar los requisitos exigidos por los arts. 1899, 1900 y ccdtes. del CCyCN."
"Ha de meritarse con criterio restrictivo, atento a las razones de orden público interesadas ... La prueba habrá de recaer sobre todos y cada uno de los elementos que integran un supuesto de hecho legal complejo, esto es el corpus, el animus y el transcurso del tiempo; y la demostración de la ocurrencia de dicho supuesto fáctico complejo incumbe a quien la alega, resultando aplicables las reglas generales del onus probandi; de modo tal que los jueces deben considerar a quien lo ocupa como mero detentador y aún como detentador a título precario si los ocupantes del bien no demuestran certeramente sus actos posesorios durante todo el lapso exigido legalmente."
"Los instrumentos privados ... no tienen firma certificada ni fecha cierta, fueron desconocidos por el Defensor Oficial actuante sin que mediara prueba alguna de su autenticidad. La prueba documental a la que hice referencia no fue refrendada por los emisores ni autenticada y por ello carece de fuerza de convicción."
(Voto por la afirmativa del Dr. Méndez; el Dr. Rodrigo Hernán Cataldo votó en igual sentido y por los mismos fundamentos. Bloque dispositivo final: "Confirmar la sentencia dictada el 23/12/2025, con costas al apelante vencido (art. 68 CPCC); Se difiere la regulación de honorarios...")
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Normas que cita
Fallos que cita
- "Glastra S. A. c. Estado nacional y otros"CSJN · 07/09/1993 · Fallos 133:42
- SCBA Ac. 75946SCBA · 15/11/2000
- Alsua y Grisetti Celina c/ Municipalidad de Laprida s/ UsucapiónSCBA
- Vazquez Martha Noemí y otros c/ Gamboa Antonio Cayetano s/ usucapiónCámara Civil y Comercial Santa Fe Sala III · 05/07/2019
- Fallos 128:131CSJN
- Fallos 128:239CSJN
- Fallos 133:42CSJN
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