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Primera Instancia

MORENO ALEXIS FABIAN C/ PROCESADORA AVICOLA DE MEDIO SA S/ DESPIDO

El actor reclamó por despido y las partes celebraron un acuerdo por PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000) pagaderos en 4 cuotas. El Tribunal aprobó y homologó el acuerdo por considerar que “la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses”, imponiendo modalidad de pago, intimaciones para depósito en cuenta sueldo o depósito en autos, costas y regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO N° 1 PERGAMINO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
52262
Despido Conciliacion laboral Homologacion de acuerdo L.c.t. art. 15 Cuenta sueldo (art. 277 lct) Costas Honorarios (ley 14.967) Peritos Ejecucion por mora de cuotas Tribunal del trabajo n?1 pergamino

¿Quién es el actor?

MORENO ALEXIS FABIAN.

¿A quién se demanda?

PROCESADORA AVICOLA DE MEDIO SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción por despido; pretensión indemnizatoria reajustada mediante acuerdo entre las partes.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por el cual el actor reajusta su pretensión en PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000), que la demandada abonará en 4 cuotas de $3.750.000 (primera cuota el 30/10/2024 y las restantes cada 30 días), bajo apercibimiento de ejecución; intimó a denunciar cuenta sueldo o bancaria; determinó costas en el orden causado y regula honorarios y peritajes conforme lo expresado en el dispositivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el derecho laboral tutela al trabajador según las normas constitucionales y la legislación ordinaria reglamentaria (art. 14 Bis, C.N.; arts. 7, 9, 12, 20, 260, L.C.T.), declarando la indisponibilidad de sus derechos e imponiendo su irrenunciabilidad."

"Que para que la conciliación tenga validez y eficacia debe mediar un acto expreso y constitutivo del orden jurisdiccional del trabajo (S.C.J. A y S, T l985, II, p. 623)."

"Que en base a estos principios, se hace necesario evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo conciliatorio que las partes proponen en autos."

"Que por ello, considerando el reclamo incoado por la parte actora, los términos en los que ha quedado trabada la litis, la prueba producida hasta el presente y lo manifestado por las partes en el acuerdo arribado, estimo que la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde su homologación. (art. 15, L.C.T. y Resolución SC 1840/24)."

Bloque dispositivo final (lo resuelto por mayoría):

"1) Tener por aprobado el acuerdo de partes, mediante el cual la actora MORENO ALEXIS FABIAN reajusta su pretensión en la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000) importe que la parte demandada PROCESADORA AVICOLA DE MEDIO SA deberá abonar en 4 cuotas de $ 3.750.000 cada una, venciendo la primera el dia 30 de octubre del corriente año y las restantes a los treinta días de la inmediata anterior, mediante depósito y bajo apercibimiento de ejecución. (art. 15, L.C.T.)"

(Se reseñan además las órdenes relativas a denunciar cuenta sueldo según art. 277 LCT, costas en el orden causado con tasa 1,1% y regulación de honorarios en 28,17 jus más adic. 10% Ley 8455, entre otras prestaciones y depósitos para peritos.)

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