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Primera Instancia

CHAVES ERNESTO GERMAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Acción especial por accidente de trabajo reclamando reparación por incapacidad psicofísica. El Tribunal hace lugar parcialmente a la demanda y condena a Provincia ART S.A. a pagar $29.777.810,24 más intereses, por una incapacidad psicofísica reconocida del 21,7%, aplicando el piso indemnizatorio de la SRT y las Leyes 24.557, 26.773 y 27.348.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 6 ( EX T.T. N°3) - LANUS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
16098
Accidente de trabajo Incapacidad psicofisica Ley 24.557 Piso indemnizatorio srt Ley 27.348 Indemnizacion Intereses moratorios Comision medica Pericia medica Provincia art s.a.

¿Quién es el actor?

Ernesto Germán Chaves, representado por la Dra. Susana Graciela Rodríguez.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., representada por la Dra. Mariela Alejandra Okonski.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 22 de abril de 2022, mientras el actor trabajaba como mecánico.

¿Qué se resolvió?

Se declaró abstracto los planteos de inconstitucionalidad sobre normativa de Riesgos del Trabajo y sobre arts. 54 y 55 de la ley 27.802; se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a la ART demandada a pagar al actor $29.777.810,24 (más interés puro del 6% anual desde la generación del crédito y régimen de intereses moratorios conforme art. 12 ley 24.557 mod. por ley 27.348). Costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con la pericia contable obrante en autos, puede determinarse el valor mensual del ingreso base del trabajador a la fecha del accidente, 22 de abril de 2022, el que ascendió a la suma de $ 46.970,30. Dicho importe, actualizado conforme al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de acuerdo con las pautas del art. 12 de la Ley 24.557, texto según Ley 27.348, arroja un valor mensual de ingreso base de $ 135.052,80."

"El experto concluyó que el actor presentaba una incapacidad física del veinte por ciento (20%) por las secuelas atribuidas a la columna lumbosacra y cervical, a la que adicionó los factores de ponderación, determinando una incapacidad total del veintitrés por ciento (23%) de la total obrera... Desde el punto de vista de la pericia médica, considero que corresponde otorgar valor probatorio parcial a las conclusiones del experto... entiendo que corresponde admitir la existencia de una incapacidad física derivada del accidente, aunque reducir la cuantificación efectuada por el experto... considero razonable establecer la incapacidad física atribuible al accidente en el 11,5% de la total obrera..."

"Por su parte, el perito psicólogo... concluyó que el actor presentaba un trastorno de adaptación con ansiedad... determinó una incapacidad del diez por ciento (10%), a la que adicionó el factor de ponderación por edad, arribando a un porcentaje total del 10,2% de la total obrera... En consecuencia... entiendo que el trabajador presenta una incapacidad psicofísica del 21,7% de la total obrera relacionada con el accidente..."

"Conforme se ha señalado... el valor mensual del ingreso base del actor ascendió a la suma de $ 46.970,30, importe que, actualizado mediante... asciende a $ 135.052,80... 53 × $ 135.052,80 × (65/37) × 21,7% = $ 2.728.668,82. La suma resultante se encuentra muy por debajo del piso indemnizatorio establecido por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo... La Resolución SRT N° 39/2026... estableció que la indemnización... no podrá ser inferior a la suma de $ 114.354.110 por el porcentaje de incapacidad laboral permanente. En consecuencia, para una incapacidad del 21,7%, dicho piso representa la suma de: $ 114.354.110 × 21,7% = $ 24.814.841,87."

"Por ello, descartada la utilización del resultado de la fórmula legal por resultar manifiestamente inferior al piso indemnizatorio vigente, corresponde acudir, en las particulares circunstancias de autos, al mínimo establecido por la autoridad de aplicación... Dado que el accidente... se inscribe dentro de las pautas contempladas en el art. 3° de la Ley 26.773, a dicha suma deberá adicionársele un veinte por ciento (20%), es decir, $ 4.962.968,37... el Sr. CHAVES se hace acreedor a percibir... PESOS VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 29.777.810,24)..."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que figura como primer votante (Dr. Miguel Ángel Díaz Casas) desarrolla los fundamentos y la conclusión decisoria. Los Dres. Eleonora G. Peliza y Adrián Cabrera adhieren al análisis y conclusión; por tanto la decisión surge por mayoría conforme al bloque dispositivo final.

(No se registran disidencias que modifiquen la solución de la mayoría en el texto final.)

Normas que cita

Fallos que cita

  • C. 124.096 "Barrios, Héctor Francisco y otra contra Lascano, Sandra Beatriz y otra"SCBA
  • Pécora, María Luisa contra Lee, David y otros. Despido (LP L. 122771 S 11/05/2021)SCBA · 11/05/2021
  • Medina, Martín Salvador c. Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo (LP L. 119120 S 15/08/2018)SCBA · 15/08/2018

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