PEDROZO MAXIMILIANO MANUEL C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Acción especial por accidente de trabajo por incapacidad permanente reclamada tras esguince de tobillo. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse incapacidad física ni psicológica, sosteniendo la fuerza de la pericia médica que concluyó ausencia de alteración funcional incapacitante.
¿Quién es el actor?
PEDROZO MAXIMILIANO MANUEL (representado por Dr. Grosso Alejandro Tomás).
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (representada por Dra. Lázaro Puente Rocío Manira).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias previstas en el sistema de riesgos del trabajo por incapacidad permanente y definitiva (alegada incapacidad total obrera del 25%: 15% física y 10% psicológica) derivada de accidente ocurrido el 20/02/2019.
¿Qué se resolvió?
Rechazo de la demanda por no acreditar incapacidad permanente física o psicológica; impuestas costas al actor con beneficio de gratuidad; declaradas abstractas las impugnaciones de inconstitucionalidad formuladas por el actor; regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la pericia y la ausencia de incapacidad:
"El perito, tras examinar clínicamente al actor en su consultorio y ponderar los estudios complementarios, constató que el trabajador deambula sin claudicación, con movilidad articular (flexión dorsal, flexión plantar, inversión y eversión) dentro de los límites normales y sin alteraciones ligamentarias ni daño psíquico, concluyendo de manera categórica que el actor no presenta ninguna alteración funcional incapacitante."
2) Sobre la impugnación de la parte actora y su insuficiencia:
"La parte actora impugnó el dictamen pericial el 09/02/2023 alegando insuficiencia en la evaluación y solicitando la determinación de un porcentaje de incapacidad. Sin embargo, considero que tales cuestionamientos no logran conmover la fuerza de convicción de la pericia médica, la cual fue debidamente ratificada por el galeno el 11/02/2023. El experto fundó sus conclusiones en la exploración física directa del trabajador, en el examen psíquico y en los estudios de imágenes de rigor, sin que la impugnante aportara elementos científicos de igual rango que desvirtúen el dictamen."
3) Sobre la consecuencia jurídica de la falta de acreditación del daño:
"Al no haberse acreditado el daño físico ni psicológico alegado, presupuesto básico de la responsabilidad resarcitoria tarifada que prevé la Ley de Riesgos del Trabajo, no resulta procedente la prestación dineraria por incapacidad laboral reclamada en autos. En consecuencia, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes."
4) Dispositivo final (transcripción literal del bloque resolutivo):
"I) Rechazar la demanda promovida por PEDROZO MAXIMILIANO MANUEL contra LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., por no haberse acreditado la existencia de incapacidad permanente de carácter físico o psicológico derivada del accidente de trabajo del 20/02/2019 invocado como fundamento de la acción. II) Declarar abstracto las impugnaciones de inconstitucionalidad... III) Imponer las costas del juicio al actor vencido, con el beneficio de gratuidad aplicable (artículos 24, 25 y 27 de la Ley 15.057)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Tribunal resolvió por unanimidad (los tres jueces adhieren al voto del Dr. Rodríguez Ponte). No hubo disidencias.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 1, 6, 8, 12, 13, 21, 22, 26, 46, 49 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 4, 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 14.997 (Provincial (pba))
- Ley 15.057 (Provincial (pba))arts. 1, 2, 24, 25, 27, 89, 103
- Ley 24.432arts. 1, 8 · Honorarios profesionales
- Ley 14.967 (Provincial (pba))art. 54
- Ley 12.200 (Provincial (pba))arts. 1, 2
- Ley 6.742 (Provincial (pba))
- Decreto 1845/64art. 8 inc j)
- CPCC (Provincial (pba) / Nacional)art. 375
- Res. 1840/24 SCBA (Provincial (scba))
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