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Primera Instancia

DOMINGUEZ ZAIRA DENISSE C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

El actor promovió acción ordinaria de revisión contra la Resolución homologatoria de la Comisión Médica Jurisdiccional por accidente de trabajo y reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la acción y condenó a la Provincia a abonar $732.229,20 más intereses desde el 23/10/2019, imponiendo costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
43464
Accion de revision Accidente de trabajo Incapacidad 7 91% t.o. Ley 24.557 Ley 27.348 Liquidacion indemnizatoria $732.229 20 Tasa activa bna desde 23/10/2019 Costas Tribunal de trabajo san martin Pericia medica (baremo).

¿Quién es el actor?

DOMINGUEZ ZAIRA DENISSE, DNI 37.019.938, representado por el Dr. Alejo Martín Ernesto Carreras Lobo.

¿A quién se demanda?

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción ordinaria de revisión, con fundamento en el art. 2 inc. j de la Ley 15.057, contra la resolución homologatoria de la Comisión Médica que declaró NO POSEE INCAPACIDAD respecto del accidente laboral del 23/10/2019; se reclama prestación dineraria conforme Ley 24.557 y Ley 27.348 por incapacidad derivada del traumatismo de rodilla izquierda.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la acción de revisión y condenó a la demandada a pagar $732.229,20 más intereses desde la contingencia (23/10/2019), aplicando la fórmula del art. 14 inc. 2 a) de la Ley 24.557 y adicionando prestación por art. 3 Ley 26773; impuso costas a la demandada y diferió regulación de honorarios hasta firmeza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que de la pericia médica agregada por presentación electrónica, expedida por el perito designado en autos, Dra. Marianela Gérez, luego del exámen clínico y físico del actor y los estudios complementarios solicitados, concluye con fundamento en el Baremo de Ley 24.557 que presenta una incapacidad psicofísica parcial y permanente de 7,91% de la T.O."

"Resultando en consecuencia, estar el informe pericial médico fundado en principios técnicos y científicos correctos, respecto a las secuelas incapacitantes en el actor, de lo cual no surge otra prueba que los desvirtué, suministrando los antecedentes y explicaciones que justifican la convicción sobre la materia en que se expide, prestando así asesoramiento al órgano jurisdiccional, resulta prudente aceptar tales conclusiones frente a la imposibilidad de la parte que lo impugna, de oponer argumentos científicos de mayor valor, que permitan advertir fehacientemente el error o el uso inadecuado del perito en relación a sus conocimientos científicos."

"Por tanto, en atención al porcentaje de incapacidad determinado en autos, resulta aplicable el Art. 14 inc. 2 a) de la Ley 24.557, correspondiendo liquidar la prestación allí establecida en base a la siguiente fórmula: El cálculo se realiza tomando el Ingreso Base de $ 60.459,42, multiplicándolo por 53, por la incapacidad del 7,91% y por el coeficiente de edad resultante de dividir 65 entre 27, lo que arroja un monto de $ 610.191,00. ... Que asimismo corresponde adicionar la prestación adicional Art. 3 Ley 26773 por $ 122.038,20. Por lo tanto, la parte demandada deberá abonar en consecuencia al actor la suma total de $ 732.229,20."

Bloque dispositivo final (transcripción literal):

"I) HACER LUGAR a la acción ordinaria de revisión con fundamento en el Art. 2 inc j Ley 15.057 promovida por el Sr. DOMINGUEZ ZAIRA DENISSE, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PCIA. DE BS.AS. ... condenando a ésta última a abonar al actor, la suma de pesos SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 20/100, ($ 732.229,20) ... con más los intereses correspondientes a liquidarse por secretaria, conforme Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde la contingencia de fecha 23/10/2019 hasta el día de la fecha ... II) APLICAR en caso de mora ... (Art. 12 Ley 24.557 to. Ley 27.348). III) IMPONER las costas a la demandada atento su carácter de vencida (art. 24 de la ley 15.057). IV) DIFERIR la regulación de honorarios ... V) REGISTRESE. NOTIFIQUESE electrónicamente ..."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

se dio por cumplida la instancia administrativa previa (art. 1 Ley 27.348), se sostuvo la validez y suficiencia de la prueba pericial médica (baremo Ley 24.557) para acreditar incapacidad del 7,91% T.O., se aplicó la fórmula indemnizatoria del art. 14 inc. 2 a) Ley 24.557 y se agregó prestación adicional conforme art. 3 Ley 26773; se rechazaron como abstractos algunos planteos de inconstitucionalidad y se consideró inaplicable en la especie el DNU 669/19 conforme lineamientos de la SCBA.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Muzychuk, Claudio Rubén c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.SCBA
  • Galarza, Daniel Alejandro c/ Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.SCBA
  • Zuccoli02/10/2002

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