RUIZ MARINA MARIELA C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora promovió acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional contra ASOCIART S.A. ARL, solicitando el reconocimiento y pago de lo acordado. El Tribunal homologó el acuerdo presentado (art. 15 L.C.T.), reguló honorarios y peritos, impuso costas a la demandada e intimó el pago de tasas y depósitos bajo apercibimiento.
¿Quién es el actor?
RUIZ MARINA MARIELA.
¿A quién se demanda?
ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional y las prestaciones/compensaciones derivadas (objeto del reclamo tal como figura en los autos).
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo presentado entre las partes conforme art. 15 L.C.T.; intimar a la demandada al pago de la tasa de justicia y demás obligaciones, imponer costas a la demandada; regular honorarios de letrados y peritos y disponer forma de acreditación/pagos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
Sin perjuicio de lo que precede destaco que mediante presentación electrónica de fecha 16/10/2026 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial.
Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos.
Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.), regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA."
Bloque dispositivo transcripto (párrafos seleccionados):
"RESUELVE
1) Homologar el acuerdo presentado (art.15 L.C.T.) por lo que fuera objeto del reclamo articulado mediante la presente acción judicial.-
2) Intimar a la parte DEMANDADA para que dentro del plazo de 5 días y/o con la primer cuota del capital acordado, abone la respectiva tasa de justicia que asciende a la suma de $ 147.400 más el 5% en concepto de contribución sobre la misma, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes a la Oficina de Ejecución de Honorarios de Peritos de la Asesoría Pericial encargada de fiscalizar el cumplimiento de la Tasa de Justicia (art. 277 y concordantes del Código Fiscal y Resol. 100/96 S.C.J.B.A.); y a ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires). Notifíquese al domicilio real y constituído.-
4) Imponer las costas ( Art. 19 Ley 15.057) a la DEMANDADA.-
5) Atento el reconocimiento de honorarios efectuado, regúlense los honorarios (arts. 16, 21, 22, 26, 28 ley 14.967) de los Dres. RAFFO JUAN PATRICIO en 18,17 Jus (Unidad Arancelaria, conf. art. 9 ley 14.967), CAMPILLAY LUCIANA ANDREA en 7 Jus (Unidad Arancelaria, conf. art. 9 ley 14.967) y SEGUNDO JORGELINA en 25,17 Jus (Unidad Arancelaria, conf. art. 9 ley 14.967), con más el 10% Ley 8455 e IVA si correspondiera.-
6) REGULAR los honorarios de los peritos intervinientes GONZÁLEZ CUIDET ÁNGELA ANA y GRILLO LUCIANO DANIEL , en la suma de pesos $268.000.- para cada uno de ellos, con más aportes de Ley e IVA si correspondiera.-"
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Miguel Angel Osso expuso la propuesta y votó por la homologación; los Dres. Lucas Nahuel Moran y Fernando Marcelo Ibarra votaron en el mismo sentido. El dispositivo final confirma la homologación y las medidas accesorias.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.