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Primera Instancia

RODRIGUEZ LUIS NICOLAS C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor solicitó la fijación de honorarios extrajudiciales por tareas desarrolladas ante la Comisión Médica. El Tribunal aceptó la aclaratoria y resolvió rechazar la excepción de pago, acceder a la demanda y fijar los honorarios en 6,5 jus (equivalentes a $346.008), más aportes e IVA, con costas a la ART.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-4228-2026
Honorarios extrajudiciales Comision medica n?31b Excepcion de pago 6 5 jus $346.008 Incapacidad laboral 2 5% La segunda art Costas Aclaratoria Expte. 115338/24

¿Quién es el actor?

Dr. Luis N. Rodríguez.

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de honorarios extrajudiciales por las labores desarrolladas por el actor en el trámite ante la Comisión Médica N° 31B, expediente 115338/24, donde se dictaminó incapacidad laboral permanente y parcial (2,5%) y se fijó resarcimiento sistémico.

¿Qué se resolvió?

Se acogió la aclaratoria de la sentencia del 13/10/2026, se rechazó la excepción de pago deducida por la accionada, se accedió a la demanda y se fijaron los honorarios extrajudiciales en 6,5 jus (equivalentes a $346.008), más aportes de ley e IVA en caso de corresponder. Costas a la ART.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que se advierte, a tenor del planteo aclaratorio del apoderado de la accionada, que se ha incurrido en un error numérico al mensurar las labores del actor en el seno del Expte. Administrativo N° 115338/24 donde se dictaminó que el afectado padece de una incapacidad laboral permanente y parcial (2,5%) fijándose el resarcimiento sistémico en la suma de $4.416.541,84; allí, fueron retribuidos los estipendios de la Dra. Arance -con quien el Dr. Rodríguez competió faena- y con ello, al actor le corresponde 6,5 jus (equivalentes a $346.008), debiendo en tal sentido aclararse el decisorio de mentas (art. 69, ley 15257)."

"Corolario de todo lo expuesto, propongo al Acuerdo que rechacemos la excepción de pago deducida por la accionada y accedamos a la demanda incoada por el Dr. Luis N. Rodríguez contra La Segunda ART y que fijemos los honorarios correspondientes a sus labores extrajudiciales desarrolladas en el trámite sustanciado ante la Comisión Médica N° 31B delegación local Expte. 115338/24 -donde compartió tareas con la Dra. Sol E. Arance- en 6,5 jus (SCBA, Re. 873/26; arts. 21, 44 y 55, ley 14967) respectivamente, más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder. Costas a la ART (art. 68,CPCC; arts. 24 y 89, ley 15057)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Re. 873/26SCBA

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