RODRIGUEZ LUIS NICOLAS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor solicitó la regulación de honorarios por labores extrajudiciales ante la Comisión Médica en el expediente N° 418977/24. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 15 unidades jus, imponiendo el pago a la aseguradora demandada y las costas al accionado por aplicación de la ley 14.967 y la ley 27.348.
¿Quién es el actor?
Dr. Luis N. Rodríguez.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros SAU.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios correspondientes a labores extrajudiciales prestadas por el actor ante la Comisión Médica N° 31B en el trámite administrativo N° 418977/24.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se fijaron los honorarios en 15 unidades jus; el pago corre por cuenta de la accionada en el plazo del art. 54 de la ley 14.967; la accionada también fue condenada al pago de costas. Se regularon además los emolumentos específicos: Dr. Luis Nicolás Rodríguez 2,31 jus ($122.965,92) y Dr. Rafael V. Nozzi 1,61 jus ($85.703,52), con adicionales legales e IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Trajo su demanda el Dr. Luis N. Rodríguez ... se abrió el debate ... se direcciona a obtener la regulación estipendial que inhiere a las labores que dice haber prestado ante la Delegación de la Comisión Médica Jurisdiccional sita en esta ciudad durante el trámite administrativo instruido bajo el N° 418977/24..."
"Probado está, entonces, que en las actuaciones citadas, la ART intervino activamente, transitándose, de tal modo, la etapa administrativa previa y excluyente que norma el art. 1° de la Ley N° 27348 ... lo que culminó con éxito para la pretensión administrativa de mentas, siendo que el rol de obligada al pago nos viene dado por el art. 1°, párrafo 4°, de la ley 27348."
"Con todo ello, será de aplicación la ley arancelaria provincial (N° 14967) ... Del sistema retributivo conjunto que surge de la aplicación del art. 37 de la Resol. SRT N° 298/17 y de las disposiciones de la ley 14.967, rigen en el caso las pautas conjuntas establecidas en los arts. 44 y 55 de dicha norma, que disponen cómo se mensuran las labores profesionales en trabajos extrajudiciales y administrativos."
"en el caso concreto, nos apartemos del máximo que contempla el último párrafo del art. 44 (ley 14967) ... propongo al Acuerdo que al actor, por sus trabajos en sede administrativa ... corresponde que le fijemos 15 unidades jus ... más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, en el plazo del art. 54 (6° párrafo) de la ley 14967, quien asimismo cargará con las costas del presente proceso (art. 1°, ley 27348; arts. 68 y 69 del CPCC)."
Bloque resolutorio final (texto transcripto): "Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. Luis N. rodríguez contra Federación Patronal Seguros SAU fijando sus honorarios ... en 15 unidades jus ... más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, cuyo pago estará a cargo de la accionada en el plazo del art. 54 (6° párrafo) de la ley 14967, accionada que asimismo cargará con las costas del presente proceso..."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Aparisi expuso y votó en los términos señalados; los Dres. Quadranti y Toraf adhieren "por compartir argumentos", por lo que la resolución fue unánime en el sentido de hacer lugar.
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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