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Primera Instancia

CASAFU GRACIELA VANESA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA CENTRAL. LEY 14997

La actora solicitó nueva aclaratoria y, subsidiariamente, revocatoria por supuesto error de cálculo en la sentencia. El Tribunal rechazó enteramente el panteo por no existir oscuridad ni error material en el decisorio y porque la revocatoria no es el medio impugnativo idóneo contra resoluciones definitivas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-10337-2022
Aclaratoria Revocatoria Error material Preexistencia Procedimiento laboral Ley 15057 (pba) Acuerdo 1840/24 scba Rechazo Autos sn-10337-2022 Tribunal del trabajo n? 3

¿Quién es el actor?

Actora (no consta nombre en el texto).

¿A quién se demanda?

No surge del extracto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se interpuso una aclaratoria del decisorio de fecha 9/10/2026 por supuesto error de cálculo (duplicación de la preexistencia); en subsidio se intentó la revocatoria.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió rechazar enteramente el panteo de fecha 15/10/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Alega la actora un error de cálculo por haberse duplicado la preexistencia habida a su respecto; habiéndose deducido aclaratorias anteriores (28 y 29/9 y 2/10/2026), siendo que el decisorio de fecha 9/10/2026 no tiene concepto oscuro ni error material susceptible de ser aclarado -sin que además, sea receptable una interminable cadena de sucesivas aclaratorias ad infinitum- corresponde el rechazo del planteo en tratamiento (art. 68, ley 15057; Rodríguez - Sachet: 'Procedimiento laboral de la provincia de Buenos Aires. Ley 15057. Comentada y Concordada', Ediciones La Rocca, 2019, pág. 314); respecto de la revocatoria subsidiariamente ensayada, se hace saber que no resulta el medio procesal impugnativo idóneo contra decisorios definitivos (arts. 69 y Ac. 1840/24, SCBA).

Corresponde rechazar enteramente el planteo en análisis.

De tal forma, emito mi sufragio."

Además, se consignó que los Dres. Quadranti y Toraf adhieren al voto del Dr. Aparisi: "por compartir fundamentos, adhieren al voto del Dr. Aparisi y lo hacen con el mismo sentido y alcance."

Bloque dispositvo final (mayoría): "Rechazar enteramente el panteo de fecha 15/10/2026. Notifíquese, regístrese."

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