LUDUEÑA LUIS ALBERTO C/ GESTION LABORAL SA Y OTROS S/ DESPIDO
Desistimiento de demanda por despido y pedido de homologación. El Tribunal homologa el desistimiento del actor por no advertirse violaciones de derechos de orden público y tiene por desistida la acción contra las cuatro empresas, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios por 7 Jus más el 21% adicional para responsables inscriptos.
¿Quién es el actor?
LUDUEÑA LUIS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
CLIBA INGENIERIA URBANA SA; GESTION GLOBAL SA; GESTION LABORAL SA; TRANSPORTES OLIVOS SACI Y F.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido (causa caratulada "LUDUEÑA LUIS ALBERTO C/ GESTION LABORAL SA Y OTROS S/ DESPIDO").
¿Qué se resolvió?
Se homologó el desistimiento presentado por el actor y se tuvo por desistida la acción contra las demandadas; se impusieron las costas a la parte actora; se regularon honorarios por 7 Jus para la actora ENRIQUE ANIBAL y se intimó cumplimiento del art. 21 ley 6716; además se adicionará 21% a los profesionales responsables inscriptos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento el desistimiento formulado por el actor y considerando que no se advierten violaciones de derechos protegidos por el orden público, homológase el desistimiento formulado por el Sr. LUDUEÑA LUIS ALBERTO y tiénese por desistida de la acción contra CLIBA INGENIERIA URBANA SA; GESTION GLOBAL SA; GESTION LABORAL SA y TRANSPORTES OLIVOS SACI Y F (arts. 277 L.C.T. y 304 del C.P.C.C.) imponiéndose las costas a la parte actora (art. 73 del C.P.C.C., art. 89 ley 15.057)."
"Regular los honorarios únicamente por las tareas desarrolladas en autos: por la Actora de ENRIQUE ANIBAL en 7 Jus e intímase al mismo a fin de que den cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.- Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos.-"
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres integrantes del Tribunal (Coello Grassi, Borlenghi y Canabal) votaron en idéntico sentido por la homologación; la parte dispositiva final del Tribunal es la que se aplica por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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