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Primera Instancia

LUDUEÑA LUIS ALBERTO C/ GESTION LABORAL SA Y OTROS S/ DESPIDO

Desistimiento de demanda por despido y pedido de homologación. El Tribunal homologa el desistimiento del actor por no advertirse violaciones de derechos de orden público y tiene por desistida la acción contra las cuatro empresas, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios por 7 Jus más el 21% adicional para responsables inscriptos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-41559-2026
Desistimiento Homologacion Despido Costas Honorarios Lct 277 Cpcc 304 Ley 15.057 Ley 6716 Tribunal del trabajo n?3

¿Quién es el actor?

LUDUEÑA LUIS ALBERTO.

¿A quién se demanda?

CLIBA INGENIERIA URBANA SA; GESTION GLOBAL SA; GESTION LABORAL SA; TRANSPORTES OLIVOS SACI Y F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral por despido (causa caratulada "LUDUEÑA LUIS ALBERTO C/ GESTION LABORAL SA Y OTROS S/ DESPIDO").

¿Qué se resolvió?

Se homologó el desistimiento presentado por el actor y se tuvo por desistida la acción contra las demandadas; se impusieron las costas a la parte actora; se regularon honorarios por 7 Jus para la actora ENRIQUE ANIBAL y se intimó cumplimiento del art. 21 ley 6716; además se adicionará 21% a los profesionales responsables inscriptos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento el desistimiento formulado por el actor y considerando que no se advierten violaciones de derechos protegidos por el orden público, homológase el desistimiento formulado por el Sr. LUDUEÑA LUIS ALBERTO y tiénese por desistida de la acción contra CLIBA INGENIERIA URBANA SA; GESTION GLOBAL SA; GESTION LABORAL SA y TRANSPORTES OLIVOS SACI Y F (arts. 277 L.C.T. y 304 del C.P.C.C.) imponiéndose las costas a la parte actora (art. 73 del C.P.C.C., art. 89 ley 15.057)."

"Regular los honorarios únicamente por las tareas desarrolladas en autos: por la Actora de ENRIQUE ANIBAL en 7 Jus e intímase al mismo a fin de que den cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.- Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos.-"

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres integrantes del Tribunal (Coello Grassi, Borlenghi y Canabal) votaron en idéntico sentido por la homologación; la parte dispositiva final del Tribunal es la que se aplica por mayoría.

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