SILVA ANA CARLA C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La actora promovió la fijación de honorarios extrajudiciales y solicitud de homologación de un acuerdo de fecha 19/10/2026. El Tribunal homologó el acuerdo, impuso las costas a la demandada, eximió del pago de impuestos y tasas, y reguló honorarios en 7 Jus para cada parte más los porcentajes de ley.
¿Quién es el actor?
SILVA ANA CARLA (actora).
¿A quién se demanda?
PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo de fecha 19/10/2026 y fijación de honorarios extrajudiciales.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de fecha 19/10/2026; se impusieron las costas del acuerdo a la demandada; se eximió a las partes del pago de impuestos y tasas; se advirtió la aplicación del art. 54 de la ley 14.967 por incumplimiento; se regularon honorarios en 7 Jus para la Dra. Silva Ana Carla (actora) y 7 Jus para la parte demandada Guardone Patricia Bernardita, con los porcentajes de ley (arts. 21, 22 y 24 Ley 14.967/17), intimación a cumplimiento del art. 21 de la ley 6716 y adicionamiento del 21% para profesionales responsables inscriptos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 19/10/2026 cuyos términos se tienen por reproducidos. Propicio asimismo que se exima del pago de impuestos y tasas procesales.
Así lo voto"
"Adhiero al voto del Dr. Coello Grassi por compartir los fundamentos expuestos.-
Así lo voto"
"Adhiero al voto del Dr. Coello Grassi por compartir los fundamentos del Sr. Juez preopinante.
Así lo voto"
Bloque dispositivo final:
"EL TRIBUNAL RESUELVE:
1-) HOMOLOGAR EL ACUERDO DE FECHA 19/10/2026
2-) Imponer las costas del acuerdo a la demandada.-
3-) Eximir a las partes del pago de impuestos y tasas.-
4-) Hágase saber a a las partes que ante la falta de cumplimiento del presente acuerdo, será de aplicación lo dispuesto por el art. 54 de la ley 14.967.-
5-) Regular los honorarios: por la Actora de la Dra. SILVA ANA CARLA en 7 Jus por las tareas desarrolladas en las presentes actuaciones y por la parte Demandada GUARDONE PATRICIA BERNARDITA en 7Jus, todo ello con más los porcentajes de ley (arts 21, 22 y 24 Ley 14.967/17) e intímase a los mismos a fin de que den cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de la ley 6716.-
Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos.-
REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
RBD"
(No hubo votos en disidencia; los tres magistrados coincidieron con la homologación.)
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Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22, 24, 54
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 21
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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