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Primera Instancia

CORIA NICOLAS EZEQUIEL C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor demandó a la ART por accidente in itinere reclamando indemnización por incapacidad y daño físico. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, rechazó la prueba de daño físico y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $16.956.843 por incapacidad permanente parcial (11,1%) más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
56893
Accidente in itinere Incapacidad permanente parcial Dnu 669/19 Inconstitucionalidad Ley 24.557 Ripte Art. 14 lrt Factores de ponderacion Provincia art s.a. Intereses legales

Quién demanda (Actor)

NICOLAS EZEQUIEL CORIA, trabajador que presta servicios para AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. en la categoría de maletero.

A quién se demanda (Demandado)

PROVINCIA ART S.A., aseguradora de riesgos del trabajo.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Indemnización por accidente in itinere ocurrido el 07.10.2024: prestaciones dinerarias por incapacidad permanente parcial (IPP) y daño físico; se cuestionan además normas del régimen de riesgos del trabajo (planteos de inconstitucionalidad).

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

El Tribunal, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19; obvió el tratamiento de otros planteos de inconstitucionalidad por devenir inconducente; rechazó parcialmente el reclamo por daño físico por falta de prueba; y hizo lugar a la demanda en cuanto a la prestación por incapacidad permanente parcial, condenando a PROVINCIA ART S.A. a pagar $16.956.843 en el plazo de 10 días por IPP (11,1% T.O.), con intereses desde el 07.10.2024, e imponiendo las costas a la demandada. Se regularon honorarios y otras órdenes de cumplimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Declarar la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por los fundamentos que in extenso se expusieran en sentencia (Arts. 17, 31 y 99 inc.3 C.N., 10 y 39 inc.3 Constitución provincial, 7 del C.C.y C.) (Fallo L - 129800 - MUZYCHUK CLAUDIO RUBEN C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.-)"

"Obviar el tratamiento de los restantes planteos de inconstitucionalidad atento el estado de autos, la ley aplicable a la presente causa, los hechos acreditados en autos, y que el accionante ha dado cumplimiento con instancia administrativa previa, de carácter obligatorio de conformidad con lo normado por el art. 1 de la ley 27.348; por devenir inconducente (SCBA, L 91159 S 9-6-2010, 'Casati, Horacio Alfredo c/ Establecimiento Los Ceibos y otros s/ Indemnización ley 3750/46').-"

"Rechazar parcialmente la demanda por cuanto reclama indemnización por daño físico atento no haber acreditado la existencia del mismo; por carecer de causa legal que la sustente (art. 726 C.C.y C.)"

"En consecuencia, he de merituar los siguientes: a. Dificultad para la realización de tareas habituales ( 10% de 10 % = 1 % ); b. No amerita recalificación: 0% c.- edad mayor a 31 años (1% de 10% = 0.10% ). Consecuentemente al % derivado de las secuelas (10%) debe adicionarse un 1.1% por factores de ponderación."

"En suma, se obtuvo un porcentaje total (11.1%) de la incapacidad laboral del trabajador en relación causal directa al hecho de autos (FECHA 07.10.2024) ( 10 % físico + 1.1 % de factores de ponderación)."

"En consecuencia, la indemnización que le correspondería percibir al Sr. NICOLAS EZEQUIEL CORIA por el accidente in itinere padecido ascendería a la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES ($16.956.843) en concepto de prestación por incapacidad permanente parcial (IPP) tal como lo establecen los arts. 14 apartado 2) inc. a) de la Ley 24.557 conforme Decreto 1694/09, arts. 1, 8 y 17 Ley 26.773 y Ley 27.348.-"

"La suma de condena determinada precedentemente devengará intereses desde el 07.10.2024 ... cuyo importe asciende a la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS CINCO ($12.921.905)... (arts. 768 inc b CCC, 12.2 y 3 ley 24557 con las modificaciones por el art. 11 de la ley 27348)."

Votos / mayoría

Los tres jueces (Duyinski, Rinaldi y Saccardo) votaron en igual sentido y la resolución se adoptó por mayoría; el bloque dispositivo final refleja la decisión del Tribunal.

Leyes que cita

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