RIZZI, LORENA PAOLA C/ SINKUNAS CERQUEIRO, LICIA LAURA S/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $4.000.000 que se sometió a homologación. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo una justa composición de los derechos e intereses y reguló costas, forma y cuentas para los depósitos y la regulación de honorarios conforme a la Ley 14.967.
¿Quién es el actor?
RIZZI, LORENA PAOLA.
¿A quién se demanda?
SINKUNAS CERQUEIRO, LICIA LAURA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido y cobro de rubros laborales, que fue resuelto mediante un acuerdo conciliatorio celebrado el 14/10/26 por la suma de $4.000.000.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de fecha 14/10/26 por ser una justa composición de derechos e intereses; se impusieron reglas sobre costas (Tasa de Justicia 50% a cargo de la demandada por $44.000), se intimó a la actora a denunciar cuenta sueldo o cuenta en Banco Provincia para depósitos y se regularon honorarios de los letrados conforme Ley 14.967. Los tres jueces votaron afirmativamente y el dispositivo del Tribunal homologó el acuerdo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15 LCT; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057). Voto por la AFIRMATIVA."
"el Tribunal RESUELVE: 1) Homologar el Acuerdo celebrado en fecha 14/10/26 entre las partes, por cuanto se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las mismas (arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la Ley 15.057). - Como se pide costas a la demandada, con excepción de la Tasa de Justicia que será soportada en un 50% por cada parte, eximiéndose a la actora del pago de la misma. - Hágase saber a la demandada que el 50% a su cargo asciende a la suma de $ 44.000, la que deberá ser depositada en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ley (art. 337 inc. a) 340 y 343 inc 1° C. Fiscal -texto ordenado Resolución 39/11 M. de Economía), mediante el formulario 9555R- 516 V2."
"2) A los fines de efectivizarse el/los pagos pactados, INTIMASE a la parte actora a que en el término de dos (2) días, acredite en el expediente los datos de su cuenta sueldo (Ley 26.590 y normativa complementaria ). ... SUSPENDANSE los plazos de pago acordados hasta tanto se encuentre acreditada debidamente la cuenta a nombre de la actora conforme lo indicado precedentemente. ... SE ORDENA a la obligada efectivizar los pagos pactados, mediante depósitos en la cuenta denunciada en autos. Cada depósito ... deberá ser justificado en el expediente, acompañando los comprobantes ... dentro de los cinco (5) días de cumplidos. ... UNICAMENTE para el supuesto de pretender recurrir el presente decisorio, a los efectos del depósito previsto por el artículo 83 de la ley 15.057, deberá la condenada cumplir con tal requisito depositando las sumas correspondientes en la cuenta judicial de autos y en ese caso debera solicitar al Tribunal su apertura."
"3) Regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes conforme Ley 14.967 ... por la parte actora su letrado patrocinante DR. FACUNDO DAMIAN VALOR en 15.02 JUS ... y por la demandada su letrado patrocinante DR. ARIEL RAUL MARINI en 11.77 JUS ... y su letrada patrocinante DRA. DIANA A. ONGARO en 3.25 JUS ... Para su determinación se ha tenido en consideración la suma de $ 4.000.000 (monto acordado en la conciliación) ... A estas sumas se adicionará el porcentaje que corresponda según la condición tributaria ... (arts. 1, 2, 4, 5, 7 y cctes. Ley 23.349)."
(Votos: los Dres. Guerrieri, Bruno y Razzari votaron por la afirmativa; el bloque dispositivo final del Tribunal homologó el acuerdo.)
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Normas que cita
- Constitución (Provincia De Bs. As.)arts. 168, 171
- Ley 15.057 (Provincia De Bs. As.)arts. 24, 30, 83, 89
- CPCC (Provincia De Bs. As.)art. 73 y concs.
- Ley 26.590Contrato de trabajo
- Ley 14.967 (Provincia De Bs. As.)arts. 1, 15, 16, 21, 22, 28
- Ley 6.716 (Provincia De Bs. As.)arts. 12, 13, 14
- Ley 23.349arts. 1, 2, 4, 5, 7
- Resolución 39/11 M. de Economía (Provincia De Bs. As.)
- Formularios 9555R-516 V2 / pago electrónico S.C.J.B.A. (Provincia De Bs. As.)
- Ley 20.744
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