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Primera Instancia

PERALTA FEDERICO RUBEN C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional solicitando indemnización por accidente de trabajo. El Tribunal hace lugar parcialmente a la demanda, reconoce incapacidad permanente parcial del 8,79% y condena a Asociart S.A. a pagar $4.764.103,56, rechazando los planteos de inconstitucionalidad pero declarando la inaplicabilidad del Decreto 549/2025 a favor del actor y la inconstitucionalidad del DNU 669/2019.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
46040
Accion de revision Ley 15.057 Accidentes de trabajo Ley 24.557 Baremo Incapacidad 8 79% Dnu 669/2019 (inconstitucionalidad) Decreto 549/2025 (inaplicable al caso) Indemnizacion Asociart s.a.

¿Quién es el actor?

Federico Rubén Peralta.

¿A quién se demanda?

Asociart S.A. ART (aseguradora del empleador Europackaging S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) por accidente de trabajo ocurrido el 30/06/2022; se reclama indemnizaciones por $5.003.846,72 y accesorios.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva; se rechazan las inconstitucionalidades planteadas por el actor; se hace lugar parcialmente a la demanda y se condena a Asociart S.A. a pagar $4.764.103,56 por incapacidad laboral parcial y permanente; costas a la demandada. Se fija modo de actualización por la tasa activa promedio del BNA para el caso de incumplimiento. Se dispone modalidad de pago y medidas para depósito en cuenta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con relación a la causa-efecto pueden considerarse absolutamente ciertas todas las lesiones descriptas, habida cuenta de los elementos que preceden, deben admitirse sobre la base de los informes de los estudios, del examen físico, y demás constancias que obran en el expediente, que existiría una relación de causalidad entre el siniestro y las secuelas descriptas. Para el cálculo de las incapacidades descriptas se utilizó el Baremo 549/2025 de la Ley 24557. En relación a la rodilla izquierda, surge del examen físico la presencia de signos de hidrartrosis e hipotrofia muscular asociado a limitación funcional y que el Baremo utilizado pondera, en su capítulo Osteoarticular, Limitación funcional de rodilla, una incapacidad del 3%. En relación a la incapacidad psicológica, surge de lo evaluado y del informe establecido por la Licenciada Tossi que el siniestro denunciado sumado a la limitación funcional descripta ha vulnerado los mecanismos psicológicos adaptativos del demandante, siendo que padece en la actualidad de Reacción Vivencial Anormal Grado I y que el Baremo utilizado ponderando una incapacidad del 5%. Al sumar los factores de ponderación: Dificultad para la realización de las tareas habituales en forma intermedia que establece una incapacidad del 10%. Edad mayor de 46 años: 2%. Por todo lo expuesto, y habiendo empleado el método de la capacidad restante, concluyo que el demandante Peralta Federico Ruben padece de una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 8.79%..."

"Ello, toda vez que la Tabla de Evaluación de Incapacidades, aun cuando constituye un instrumento de naturaleza técnico-científica posee efectos sustanciales y no puede ser determinada como una mera norma procedimental, ni adjetiva. Su aplicación incide directamente sobre los elementos esenciales para determinar la existencia, entidad y extensión de la incapacidad resarcible; y, por consiguiente, sobre la cuantificación de la prestación dineraria que le correspondiera al trabajador afectado."

"Por lo que, la valoración de la incapacidad efectuada en autos debe fundarse en las previsiones del baremo vigente al momento del infortunio laboral, declarándose la inaplicabilidad al sub lite del Dec. 549/2025, y la vigencia operativa del Dec. 658/96, 659/96 -en su caso- y 49/2014."

"Adhiriendo tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo, y atendiendo que las resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fueron en el marco de la función prevista por el DNU Nro. 669/2019, estas deben correr la misma suerte que la normativa que les diera causa."

Voto mayoritario (Suvidzinski y Coda) sostiene la aplicación del baremo vigente al momento del infortunio, la plena eficacia de la pericial que determinó 8,79% de incapacidad y la condena por $4.764.103,56 (detalle liquidación: IBM $563.754,86; indemnización por incapacidad $3.970.086,30; indemnización adicional art. 3 Ley 26.773 $794.017,26). El juez Lanzavechia adhiere en los fundamentos y en la condena, pero formula disidencia parcial sobre la modalidad y criterio de actualización del crédito (propone diversa ponderación de índices para preservar valor real del crédito).

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 8, 12, 14 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348art. 11 · Riesgos del trabajo
  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 57
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 31, 75 inc.12 y 22 · Constitucion nacional
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 15, 39, 168
  • Decreto 669/2019
  • Decreto 549/2025
  • Decreto 658/96
  • Decreto 659/96
  • 717/96
  • Decreto 1694/2009
  • Resolución 1039/2019 (Nacional (ssn))
  • Resolución 332/2023 (Nacional (ssn))
  • Ley 24.432Honorarios profesionales

Fallos que cita

  • "Ledesma Diego Marcelo c/ Asociart ART S.A."CSJN · 12/11/2019
  • "Seva, Franco Gabriel c/ Asociart ART S.A."CSJN · 05/08/2021
  • "Aiello, Roberto Alfredo c/ Galeno ART S.A."CSJN · 03/09/2019
  • "Mansilla Martin Maximiliano c/ Provincia ART S.A."SCBA · 19/10/2016
  • "Marchetti"SCBA · 13/05/2020
  • "Szakacs"SCBA
  • "Delgadillo"SCBA
  • "Muzychuk Claudio Rubén c/ La Segunda ART S.A."SCBA
  • "Agosto, Guillermo Elvio Fabián c/ Gobierno de la PBA"SCBA · 19/02/2020
  • "Galarza Daniel Alejandro c/ Prevención ART"SCBA · 29/03/2026
  • "Vera Carlos Issac c/ Empleador Autoasegurado Gobernación PBA"SCBA · 24/09/2026

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