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Primera Instancia

LISTA ELIAS NAHUEL C/ SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión contra la ART por incapacidad derivada de un accidente de trabajo y solicitó indemnizaciones. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y las resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023, y condenó a la ART a pagar $2.872.119,97 más actualización e intereses según pauta fijada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
44735
Accion de revision Riesgos del trabajo Incapacidad laboral Indemnizacion Dnu 669/2019 Ripte Inconstitucionalidad Ssn resol. 1039/2019 Tasa activa banco nacion Actualizacion del credito.

¿Quién es el actor?

Elías Nahuel Lista.

¿A quién se demanda?

Serena ART S.A. (antes Omint ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de Resolución de Comisión Médica Jurisdiccional y pago de indemnizaciones por incapacidad laboral parcial y permanente por siniestro ocurrido el 02/01/2018; se solicitaron $7.381.270,81 y accesorios.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Serena ART S.A. a pagar $2.872.119,97 en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente. Además, declaró la inconstitucionalidad del DNU N° 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones SSN Nros. 1039/2019 y 332/2023. Impuso costas a la demandada y ordenó regulación de honorarios y liquidaciones pertinentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°). Declarando la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones (SSN) Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023."

"Haciendo lugar parcialmente a la demanda promovida por la parte actora: Elías Nahuel Lista, y condenando a la parte demandada Serena ART S.A. a pagar a la parte actora dentro de los DIEZ (10) DÍAS de notificada, la suma de Pesos Dos millones ochocientos setenta y dos mil ciento diecinueve con noventa y siete centavos ($ 2.872.119,97) en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente."

"Adhesión al criterio sentado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por lo que, adhiriendo tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo, y atendiendo que las resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fueron en el marco de la función prevista por el DNU Nro. 669/2019, estas deben correr la misma suerte que la normativa que les diera causa."

"De la pericia médica... surge que el actor presenta según el Baremo de la Ley 24.557 una incapacidad parcial y permanente... que ajustada por la fórmula de las incapacidades restantes de Balthazard asciende a 26,4%... adicionando porcentual derivado del miembro hábil... la incapacidad es 27,37%."

"Por lo que, para el caso, aplicando los valores debidamente acreditados, corresponde: $ 53.306,06 x 53 x (65/21) x 27,37% = $ 2.393.433,30... Indemnización adicional... $ 478.686,66. En tal sentido, asciende el monto a $ 2.872.119,97."

"Finalmente, al capital de condena deberá actualizarse desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento en que se practique la liquidación según el coeficiente que surja de dividir el índice RIPTE a la fecha de la PMI y el último índice RIPTE publicado, y, sobre dicho resultado, corresponde, oportunamente, añadir un interés puro del 3% anual desde la fecha de la PMI y hasta el momento en que se practica la liquidación."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Esteban F. Coda formuló disidencia sobre la modalidad de actualización proponiendo aplicar el art. 11 de la Ley 27.348 (aplicar RIPTE y tasa activa BN) en lugar del sistema alternativo de actualización y 3% anual propuesto en primer voto; el Dr. Eduardo D. Suvidzinski adhirió a esa disidencia. Sin embargo, el fallo final concordó con la solución mayoritaria fijada en el fallo (ver dispositivo).

Normas que cita

Fallos que cita

  • "MUZYCHUK CLAUDIO RUBEN c/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A."SCBA
  • "Marchetti"SCBA
  • "Szakacs"SCBA
  • "Delgadillo"SCBA
  • "Mansilla Martin Maximiliano c/ Provincia ART S.A."SCBA
  • "Aiello, Roberto Alfredo c/ Galeno ART S.A."CSJN · 12/11/2019
  • "Seva, Franco Gabriel c/ Asociart ART S.A."CSJN · 05/08/2021
  • Fallos 260:153CSJN
  • Fallos 264:364CSJN
  • Fallos 228:325CSJN
  • Fallos 300:241CSJN
  • Fallos 314:424CSJN
  • "Bruno Estela Laura c/ Provincia ART S.A."SCBA
  • "Galarza Daniel Alejandro c/ Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A."TT Nro.5 (San Martín) · 29/03/2026
  • "Vera Carlos Issac c/ Empleador Autoasegurado Gobernación..."TT Nro.5 (San Martín) · 24/09/2026

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