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Primera Instancia

ARREDONDO CRISTIAN DANIEL C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió demanda por enfermedad profesional y las partes celebraron un acuerdo transaccional por $10.000.000 que solicitaron homologar. El Tribunal homologó la transacción por ser una justa composición de derechos e intereses de las partes, impuso costas a la demandada y reguló honorarios y peritos conforme a lo solicitado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
47009
Homologacion Acuerdo transaccional Enfermedad profesional L.c.t. art.15 L.c.t. art.277 Honorarios Peritos Costas Tasa de justicia La segunda art s.a.

¿Quién es el actor?

Arredondo Cristian Daniel.

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral por enfermedad profesional (causa caratulada "ARREDONDO CRISTIAN DANIEL C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL") y homologación de acuerdo transaccional.

¿Qué se resolvió?

Homologación del acuerdo transaccional celebrado el 9/10/2026 por el que la demandada abonará al actor PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00) en la forma dispuesta en el art. 277 L.C.T.; se impusieron las costas a la demandada; se fijaron y regularon honorarios de letrados y peritos en los montos indicados; se intimó a la demandada a acreditar pagos de tasa de justicia y contribución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 9/10/2.026 ambas partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan y debo decir que no advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna."

"Ello así pues, el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden público laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador.- Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio de fecha 9/10/2.026, las probanzas reunidas hasta el presente y la ratificación personal prestada por el actor en la presentación adjunta al escrito de fecha 14/10/2.026 (doct. art. 277 L.C.T.)."

"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557)."

Bloque dispositivo (transcripción parcial relevante):

"I.- Resultando una justa composición de derechos e intereses de las partes (art. 15 L.C.T.), homologar el referido acuerdo transaccional en los términos expresados en fecha 9/10/2.026, por el cual la demandada abonará al actor la suma de PESOS DIEZ MILLONES CON 0/100 -$10.000.000,00-, en la forma dispuesta en el art. 277 de la L.C.T. (Cfr. texto Ley de Modernización Laboral n° 27.802).-

II.- Imponer las costas a la demandada (arts. 24 y 89, ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24, y Art. 73, C.P.C.C.).-

III.- Fijar los honorarios... TREINTA Y SIETE JUS ARANCELARIOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÉSIMOS -37,57- ... DIECIOCHO JUS ARANCELARIOS CON SETENTA Y OCHO CENTÉSIMOS -18,78-... contadora Lorena Claudia Superti ... PESOS QUINIENTOS MIL -$500.000,00- ... médico Dr. Juan Tedone ... $500.000,00 ... ingeniero Fausto Daniel De Larrosa ... $500.000,00.-"

La resolución fue unánime: los jueces Brasi y Aparisi adhirieron al voto preopinante de la Dra. Pérez Herrera.

Normas que cita

  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
  • Ley 15.057 (Provincial (b. A.))arts. 24, 89, 30
  • Resolución 1840-24 (Provincial (scba))
  • Ley 24.557art. 6 y sgtes · Ley de riesgos del trabajo
  • CPCC (Provincial (b. A.))art. 73
  • Ley 14.967 (Provincial (b. A.))arts. 14, 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
  • Ley 6716 (Provincial (b. A.))art. 12
  • Decreto 4771/95
  • Ley 23.349arts. 3º inc. e, 9º
  • Ley 10.620art. 193
  • Ley 12.724art. 27 inc. b
  • Ley 13.948
  • Ley 12.207art. 35 inc. e
  • Ley 12.696
  • Ley 10.397 (Provincial (b. A.))
  • Ley 20.744

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